II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria. (BOE-A-2022-24469)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para la estabilización de empleo temporal, en el Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 31 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 193586

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario, del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial
para empleos o cargos públicos por resolución judicial o para el acceso al Cuerpo o Escala
de funcionario. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/inhabilitada
o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria que impida, en
su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
2.1.6 No haber sido condenado/condenada por delito doloso a penas privativas de
libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de
antecedentes penales o la rehabilitación.
3.

Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en el proceso selectivo deberán cumplimentar el
modelo que figura en el anexo III, que estará disponible en la página web del Ministerio
del Interior (www.interior.gob.es), en la página web de la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias (www.institucionpenitenciaria.es), en el Punto de Acceso
General (https://administracion.gob.es), en las Delegaciones y Subdelegaciones del
Gobierno y, en todos los Centros Penitenciarios.
3.2 Según lo dispuesto en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos (BOE de 31 de marzo), las solicitudes se presentarán por vía electrónica.
La presentación de solicitudes por vía electrónica se realizará en el plazo de veinte
días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria, a
través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado https://
administracion.gob.es.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del/de la
aspirante.
3.3 Documentación a presentar junto con la solicitud:
3.3.1 Título: Licenciatura o Grado en Medicina o Licenciatura en Medicina y Cirugía,
y el título de Médico Especialista en Medicina de Familia y Comunitaria o en Medicina
Interna o certificación que le habilite para el desempeño de las funciones de médico
general en el Sistema Nacional de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.b)
del Real Decreto 853/1993, de 4 de junio.
3.3.2 Nacionalidad: Estarán obligados a presentar documentación acreditativa de la
nacionalidad, apartado 2.1.1, quienes se encuentren incluidos en el apartado c) o en el
apartado d).
Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad, los y las
incluidos/as en el apartado a), así como los/as extranjeros/as residentes en España
incluidos en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los
datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El
resto de las personas candidatas deberán acompañar a su solicitud documento que
acredite las condiciones que se alegan.
La no presentación de la documentación referida en el punto 3.3.1 y/o en el
punto 3.3.2, supondrá la exclusión de la persona candidata.
3.3.3 Documentación acreditativa de los méritos que la persona candidata desee
que se valoren. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados a fecha de
publicación de la convocatoria y que se recogen en el anexo I.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona
interesada.

cve: BOE-A-2022-24469
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 314