II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-24641)
Resolución de 26 de diciembre de 2022, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convoca el proceso excepcional de estabilización por el sistema de concurso-oposición de acceso al grupo A, subgrupo A2, sector administración especial, categoría/escala técnicos diplomado laboratorio y talleres en el área de tecnología de alimentos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314
Sábado 31 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 194204
1.2 Por servicios prestados como contratado laboral o funcionario en el ámbito de
otras universidades públicas distintas a la Universitat Politècnica de València, en puestos
de trabajo de la misma categoría o similar, de conformidad con las funciones, grupo y
subgrupo de las vacantes, considerando las funciones con carácter general que se
especifican en el anexo I.
1.3 Por servicios prestados como contratado laboral o funcionario en el ámbito de la
Universitat Politècnica de València, en puestos de trabajo de distinta categoría al
apartado 1.1.
1.4 Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas o en entidades de
Derecho Público, vinculadas o dependientes de una Administración Pública Territorial, no
contempladas en los apartados anteriores, en puestos de trabajo de la misma categoría
o similar, de conformidad con las funciones, grupo y subgrupo de las vacantes.
La experiencia profesional se acreditará siempre mediante certificación oficial del
órgano competente, donde deberán constar entre otros, el grupo y subgrupo profesional
y categoría profesional, así como los periodos de contratación o nombramientos.
A estos efectos, se entiende por Administraciones Públicas las incluidas en la
Ley 70/1978, de 26 de diciembre, que dan lugar al reconocimiento de servicios previos
en la Administración Pública, comprendiendo los periodos prestados en la Administración
Institucional, quedando excluidos los prestados en las sociedades mercantiles de
carácter público y fundaciones que no pertenezcan al sector público.
2.
2.1
Méritos académicos
Titulaciones académicas oficiales.
Se valorarán las titulaciones académicas oficiales distintas a la requerida para el
acceso a la categoría/escala objeto de la convocatoria de nivel igual o superior
incluyendo Doctorado y Máster Oficial con 0,8 puntos por titulación y un máximo de 1,6
puntos.
2.2
2.2.1
Conocimientos de idiomas. Solo se valorará el nivel superior en cada idioma.
Conocimientos de valenciano.
Se valorará hasta un máximo de 2 puntos, siempre que se acredite estar en posesión
del pertinente certificado expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements del
Valencià o expedido por el Servei de Normalització Lingüística de la Universitat
Politècnica de València o aquellos certificados que constan en el anexo II de la
Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y
Deporte, con arreglo a la escala que a continuación se indica:
C2 (Grado superior)
2.2.2
Puntuación
2
C1 (Grado medio)
1,6
B2
1,2
B1 (Elemental)
0,6
A2 (Oral)
0,3
Conocimientos de idiomas oficiales de la UE.
Se valorará el conocimiento de las lenguas oficiales de la Unión Europea
exceptuando la española y la inglesa hasta un máximo de 1,2 puntos, siempre que se
acredite la capacitación lingüística y comunicativa en lenguas extranjeras mediante
títulos, diplomas y certificados expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas, por las
cve: BOE-A-2022-24641
Verificable en https://www.boe.es
Nivel
Núm. 314
Sábado 31 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 194204
1.2 Por servicios prestados como contratado laboral o funcionario en el ámbito de
otras universidades públicas distintas a la Universitat Politècnica de València, en puestos
de trabajo de la misma categoría o similar, de conformidad con las funciones, grupo y
subgrupo de las vacantes, considerando las funciones con carácter general que se
especifican en el anexo I.
1.3 Por servicios prestados como contratado laboral o funcionario en el ámbito de la
Universitat Politècnica de València, en puestos de trabajo de distinta categoría al
apartado 1.1.
1.4 Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas o en entidades de
Derecho Público, vinculadas o dependientes de una Administración Pública Territorial, no
contempladas en los apartados anteriores, en puestos de trabajo de la misma categoría
o similar, de conformidad con las funciones, grupo y subgrupo de las vacantes.
La experiencia profesional se acreditará siempre mediante certificación oficial del
órgano competente, donde deberán constar entre otros, el grupo y subgrupo profesional
y categoría profesional, así como los periodos de contratación o nombramientos.
A estos efectos, se entiende por Administraciones Públicas las incluidas en la
Ley 70/1978, de 26 de diciembre, que dan lugar al reconocimiento de servicios previos
en la Administración Pública, comprendiendo los periodos prestados en la Administración
Institucional, quedando excluidos los prestados en las sociedades mercantiles de
carácter público y fundaciones que no pertenezcan al sector público.
2.
2.1
Méritos académicos
Titulaciones académicas oficiales.
Se valorarán las titulaciones académicas oficiales distintas a la requerida para el
acceso a la categoría/escala objeto de la convocatoria de nivel igual o superior
incluyendo Doctorado y Máster Oficial con 0,8 puntos por titulación y un máximo de 1,6
puntos.
2.2
2.2.1
Conocimientos de idiomas. Solo se valorará el nivel superior en cada idioma.
Conocimientos de valenciano.
Se valorará hasta un máximo de 2 puntos, siempre que se acredite estar en posesión
del pertinente certificado expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements del
Valencià o expedido por el Servei de Normalització Lingüística de la Universitat
Politècnica de València o aquellos certificados que constan en el anexo II de la
Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y
Deporte, con arreglo a la escala que a continuación se indica:
C2 (Grado superior)
2.2.2
Puntuación
2
C1 (Grado medio)
1,6
B2
1,2
B1 (Elemental)
0,6
A2 (Oral)
0,3
Conocimientos de idiomas oficiales de la UE.
Se valorará el conocimiento de las lenguas oficiales de la Unión Europea
exceptuando la española y la inglesa hasta un máximo de 1,2 puntos, siempre que se
acredite la capacitación lingüística y comunicativa en lenguas extranjeras mediante
títulos, diplomas y certificados expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas, por las
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