II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2022-24479)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal laboral fijo, titulado/a Medio fuera de Convenio en el marco de la estabilización de empleo temporal, en el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 31 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 193766
Dichas calificaciones deberán justificarse individualmente por los miembros del Tribunal
mediante la formulación por escrito de un juicio razonado relativo a la valoración de cada
uno de los méritos antes relacionados. Los mencionados escritos de justificación se
unirán al acta correspondiente.
La puntuación correspondiente en cada apartado será la media de las puntuaciones
asignadas por cada uno de los miembros del Tribunal, excluidas la puntuación más alta y
la más baja, y sin que en ningún caso pueda excluirse más de una máxima y de una
mínima.
La puntuación final de cada aspirante en esta primera fase del concurso vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones asignadas en cada uno de los apartados
de este anexo, siendo necesario alcanzar 30 puntos, como mínimo, para pasar a la
segunda fase.
5. La segunda fase del concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, consistirá en
la valoración de los méritos académicos con una puntuación máxima de 40 puntos según
el siguiente baremo:
a) Expediente académico de la titulación académica exigida. (Máximo 20 puntos).
Forma de puntuación: Relación entre la nota media del expediente académico y
puntuación a valorar, de acuerdo a la siguiente distribución: 10 puntos para una nota
media en el expediente de 5; 12 puntos para una nota media igual a 6; 14 puntos para
una nota media igual a 7; 16 puntos para una nota medial igual a 8; 18 puntos para una
nota media igual a 9; y 20 puntos para una nota media igual a 10. Con redondeo al
primer decimal.
b) Por la posesión de otras titulaciones académicas o profesionales oficiales de
nivel igual o superior a las requeridas para el acceso al cuerpo, escala o categoría
correspondiente, que guarden relación con el perfil y tareas de la plaza a la que se desea
acceder (Máximo 5 puntos) Hasta 2,5 por cada titulación de nivel igual o superior
c) Por la posesión de otras titulaciones académicas o profesionales oficiales de
nivel inferior a las requeridas para el acceso al cuerpo, escala o categoría
correspondiente, que guarden relación con el perfil y tareas de la plaza a la que se desea
acceder. (Máximo 3 puntos). Hasta 1,5 por cada titulación de nivel inferior
d) Por los cursos de formación recibidos o impartidos, en el marco del Acuerdo de
Formación para el empleo o de los planes de formación continua del personal de la
Administraciones Públicas orientadas al desempeño de las tareas que guarden relación
con el perfil y tareas de la plaza a la que se desea acceder. (Máximo 10 puntos).
Los cursos y seminarios deberán tener una duración mínima de 15 horas. La forma
de puntuación será: hasta 2 puntos por cada curso impartido y hasta 1 punto por cada
curso recibido
e) Por haber superado alguno de los ejercicios para el acceso a un cuerpo, escala
o categoría profesional del mismo nivel o superior del puesto al que se desea acceder.
(Máximo 2 puntos). Hasta 1 punto por cada ejercicio superado.
6. La puntuación final del concurso para cada especialidad será la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada fase del concurso, hasta un máximo de 100 puntos.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1.º Mayor puntuación obtenida en la primera fase del concurso.
2.º Mayor puntuación obtenida en esa primera fase del concurso en el apartado a),
b) y c) valorados sucesivamente en el orden indicado.
3.º Mayor puntuación obtenida en la segunda fase del concurso en los apartados
a), b), c), d) y e) valorados sucesivamente en el orden indicado.
4.º De persistir el empate el Tribunal resolverá por votación.
7. Si alguna de las/los aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa
de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará
cve: BOE-A-2022-24479
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 314
Sábado 31 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 193766
Dichas calificaciones deberán justificarse individualmente por los miembros del Tribunal
mediante la formulación por escrito de un juicio razonado relativo a la valoración de cada
uno de los méritos antes relacionados. Los mencionados escritos de justificación se
unirán al acta correspondiente.
La puntuación correspondiente en cada apartado será la media de las puntuaciones
asignadas por cada uno de los miembros del Tribunal, excluidas la puntuación más alta y
la más baja, y sin que en ningún caso pueda excluirse más de una máxima y de una
mínima.
La puntuación final de cada aspirante en esta primera fase del concurso vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones asignadas en cada uno de los apartados
de este anexo, siendo necesario alcanzar 30 puntos, como mínimo, para pasar a la
segunda fase.
5. La segunda fase del concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, consistirá en
la valoración de los méritos académicos con una puntuación máxima de 40 puntos según
el siguiente baremo:
a) Expediente académico de la titulación académica exigida. (Máximo 20 puntos).
Forma de puntuación: Relación entre la nota media del expediente académico y
puntuación a valorar, de acuerdo a la siguiente distribución: 10 puntos para una nota
media en el expediente de 5; 12 puntos para una nota media igual a 6; 14 puntos para
una nota media igual a 7; 16 puntos para una nota medial igual a 8; 18 puntos para una
nota media igual a 9; y 20 puntos para una nota media igual a 10. Con redondeo al
primer decimal.
b) Por la posesión de otras titulaciones académicas o profesionales oficiales de
nivel igual o superior a las requeridas para el acceso al cuerpo, escala o categoría
correspondiente, que guarden relación con el perfil y tareas de la plaza a la que se desea
acceder (Máximo 5 puntos) Hasta 2,5 por cada titulación de nivel igual o superior
c) Por la posesión de otras titulaciones académicas o profesionales oficiales de
nivel inferior a las requeridas para el acceso al cuerpo, escala o categoría
correspondiente, que guarden relación con el perfil y tareas de la plaza a la que se desea
acceder. (Máximo 3 puntos). Hasta 1,5 por cada titulación de nivel inferior
d) Por los cursos de formación recibidos o impartidos, en el marco del Acuerdo de
Formación para el empleo o de los planes de formación continua del personal de la
Administraciones Públicas orientadas al desempeño de las tareas que guarden relación
con el perfil y tareas de la plaza a la que se desea acceder. (Máximo 10 puntos).
Los cursos y seminarios deberán tener una duración mínima de 15 horas. La forma
de puntuación será: hasta 2 puntos por cada curso impartido y hasta 1 punto por cada
curso recibido
e) Por haber superado alguno de los ejercicios para el acceso a un cuerpo, escala
o categoría profesional del mismo nivel o superior del puesto al que se desea acceder.
(Máximo 2 puntos). Hasta 1 punto por cada ejercicio superado.
6. La puntuación final del concurso para cada especialidad será la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada fase del concurso, hasta un máximo de 100 puntos.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1.º Mayor puntuación obtenida en la primera fase del concurso.
2.º Mayor puntuación obtenida en esa primera fase del concurso en el apartado a),
b) y c) valorados sucesivamente en el orden indicado.
3.º Mayor puntuación obtenida en la segunda fase del concurso en los apartados
a), b), c), d) y e) valorados sucesivamente en el orden indicado.
4.º De persistir el empate el Tribunal resolverá por votación.
7. Si alguna de las/los aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa
de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará
cve: BOE-A-2022-24479
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Núm. 314