III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2022-24662)
Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 314

Sábado 31 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 194438

6. A efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 22.2.d) del
Reglamento 2021/241 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia (RMRR), la Administración y cuantos órganos se contemplan en el artículo 22
del RMRR podrán acceder a la información contenida en el Registro de Titularidades
Reales, creado por la Orden JUS/319/2018, o el acceso a otras bases de datos de la
Administración que puedan suministrar dichos datos sobre los titulares reales. También,
será posible la cesión de información entre estos sistemas y el Sistema de Fondos
Europeos, según las previsiones contenidas en la normativa europea y nacional
aplicable.
Séptima.

Financiación, cuantía y forma de pago.

1. El proyecto está financiado por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de
la Unión Europea, establecido por el Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de
diciembre de 2020, y regulado según Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021. Dicha financiación queda legalmente
vinculada a la realización de las actuaciones subvencionadas, medidas integradas en el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.
2. La cuantía máxima destinada a financiar este proyecto es de 3.131.403,00 euros.
Dicho importe se imputará a la aplicación presupuestaria 32.50.23WG.452,
correspondiente de los Presupuestos Generales del Estado.
3. El pago de la subvención reconocida se hará con el siguiente desglose:
El 58,6% se hará efectivo con carácter anticipado y el 41,4% restante, se hará
efectivo una vez comprobada la ejecución de la actuación, así como la entrega de la
documentación justificativa de la subvención, según el plazo establecido en el artículo 16
del Real Decreto 378/2022, de 17 de mayo.
4. No será preciso que la entidad beneficiaria presente garantía en virtud de lo
dispuesto en el artículo 42.2.a) y d) del Reglamento de la citada ley, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Octava. Plazo y forma de justificación.

a) Certificado emitido por el titular del órgano que ha percibido la subvención por el
que se acredite la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad de la
subvención.
b) Documento acreditativo sobre las medidas de difusión adoptadas para general
conocimiento de la financiación por el Estado en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia de las actuaciones objeto de la subvención.
c) Documentos de declaraciones responsables cuyos modelos sean aprobados por
las autoridades competentes conforme a la normativa nacional y europea, dando

cve: BOE-A-2022-24662
Verificable en https://www.boe.es

1. La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través del Instituto Murciano
de Acción Social (IMAS) adscrito a la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias,
Política Social y Transparencia, realizará la justificación a través de la cuenta justificativa
con aportación de informe de auditor regulada en el artículo 74 del Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones. En este caso, la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través del Instituto Murciano de Acción
Social (IMAS) adscrito a la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política
Social y Transparencia no está obligada a aportar justificantes de gasto en la rendición
de la cuenta, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación y control que pueda
realizar la Intervención General de la Administración del Estado y el Tribunal de Cuentas
en el ejercicio de sus competencias.
2. Asimismo, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través del Instituto
Murciano de Acción Social (IMAS) adscrito a la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI,
Familias, Política Social y Transparencia, deberá presentar: