II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Personal laboral. (BOE-A-2022-23852)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el procedimiento excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración, como personal laboral fijo fuera de Convenio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022
2.

Sec. II.B. Pág. 192242

Méritos Académicos: La puntuación máxima será de 40 puntos.

Se valorarán:
a. Haber superado uno o más ejercicios de los procesos selectivos para el acceso
al mismo nivel de clasificación profesional. En el caso de que dichas pruebas no se
hayan celebrado en los últimos 5 años, este porcentaje de valoración se repartirá
proporcionalmente entre los otros dos méritos académicos previstos en este apartado.
– Puntuación máxima: 10 puntos
– Forma de puntuación: 5 puntos por ejercicio aprobado debidamente acreditado.
– Forma de acreditación: Certificado emitido por el órgano gestor del proceso
selectivo de haberlo superado.
b. Posesión de una titulación académica o de formación especializada, siempre que
pertenezca a la misma rama o familia profesional, de nivel superior u otra titulación del
mismo nivel de clasificación profesional a la exigida en la convocatoria.
– Puntuación máxima: 5 puntos
– Forma de puntuación: 1 punto por cada titulación.
– Forma de acreditación: Copia auténtica de los títulos o de la certificación de haber
realizado todos los estudios necesarios para su obtención.
c. Por haber realizado o impartido, en los 10 años anteriores a la fecha de
publicación de la convocatoria, cursos de formación directamente relacionados con las
tareas y funciones propias del puesto de trabajo por el que se opta. No se valorarán los
cursos de formación de duración inferior a 15 horas, en el caso de haber sido recibidos, y
de dos horas en los supuestos de impartición. Se valorará una sola vez la recepción o
impartición de un curso sobre la misma materia.
– Puntuación máxima: 25 puntos.
– Forma de puntuación:
● Cursos recibidos: 1 punto por cada curso.
● Cursos impartidos: 2 puntos por cada curso.
– Forma de acreditación: Copia auténtica de los títulos o de los certificados donde
figure claramente el número de horas de duración.
Cuando la acreditación de los cursos o diplomas figuren en créditos, se realizará la
equivalencia de un crédito igual a 10 horas.
Calificación final

1. Mayor número de días de desempeño de servicios en la misma clasificación
profesional objeto de la convocatoria.
2. Mayor número de días de desempeño de servicios en el ámbito de la
Administración General del Estado.
3. Mayor puntuación en méritos profesionales.
4. Mayor puntuación en méritos académicos.
5. Orden alfabético por aquellas personas cuyo primer apellido comience por la
letra «U». En el supuesto de que no exista ninguna persona cuyo primer apellido
comience por la letra «U», el orden de actuación se iniciará por aquellas personas cuyo
primer apellido comience por la letra «V», y así sucesivamente, según lo establecido en

cve: BOE-A-2022-23852
Verificable en https://www.boe.es

La calificación final del proceso vendrá determinada por la suma de las calificaciones
obtenidas en el apartado de méritos profesionales y méritos académicos.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: