II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Personal laboral. (BOE-A-2022-23850)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso como personal laboral de los buques "Esperanza del Mar" y "Juan de la Cosa", del Instituto Social de la Marina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 192220

7.5 La adjudicación de las plazas tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 9 del
Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre (BOE del 17), que regula el acceso al
empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
7.6 El personal de nuevo ingreso tendrá que superar un período de prueba de tres
meses, durante el cual la unidad de personal correspondiente evaluará el correcto
desempeño del puesto de trabajo.
7.7 En el caso de que alguno de los candidatos no presente la documentación
correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie o la
certificación emitida por la unidad de personal respecto al correcto desempeño del
puesto de trabajo durante el periodo de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará
al siguiente candidato de la relación a la que se refiere la base 7.1, que no hubiese
obtenido plaza y según el número de orden obtenido.
8.

Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en esta
convocatoria.
Contra esta Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo
dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1 Segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter
previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano
que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 29 de diciembre de 2022.–El Subsecretario de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, Alberto José Sereno Álvarez.
ANEXO I
Sistema de selección
De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 364/1995 y a tenor de lo
dispuesto en la base 6.1 de la presente convocatoria, el sistema de selección es el de
concurso.
Con carácter previo a la realización de las pruebas de la oposición, los aspirantes
que no posean la nacionalidad española, ni sean nacionales de países en los que el
español sea el idioma oficial, deberán acreditar el conocimiento de la lengua castellana
mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel
adecuado de comprensión y expresión oral y escrita.
La prueba consistirá en una conversación en lengua castellana, con cada uno de los
aspirantes, de una duración máxima de 20 minutos.
Estarán exentos de la realización de esta prueba quienes estén en posesión del
Diploma Superior de Español como Lengua Extranjera, establecido por el Real
Decreto 1237/2002, de 31 de octubre, o en posesión del Certificado de Aptitud en
Español para Extranjeros, expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.
La prueba se calificará de «apto» o «no apto» siendo necesario obtener la valoración
de «apto» para realizar las restantes pruebas.

cve: BOE-A-2022-23850
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Núm. 313