II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Personal laboral. (BOE-A-2022-23840)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal en empleo fijo para el personal laboral fuera de convenio de la Administración General del Estado en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 191956

3.8 Las personas aspirantes con discapacidad con un grado de discapacidad igual
o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar
Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó
el grado de discapacidad.
3.9 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.10 El tratamiento de la información por medios electrónicos se ajustará a lo
establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos
Personales) y en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
La Subsecretaría del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 es responsable
del tratamiento de esos datos. Los derechos de protección de datos de las personas
solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía
electrónica o presencialmente a través de la red de oficinas de asistencia en materia de
registros. En caso de incumplimiento del responsable del tratamiento, los interesados
podrán reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD),
www.aepd.es.
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante
dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que deberá publicarse en el
«Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al
público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos,
señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión u omisión y determinándose el plazo de presentación de la documentación
acreditativa de los méritos alegados.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido
modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las
relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión por causa imputable a las personas aspirantes.
5.

Tribunal

5.1 La composición del tribunal calificador del presente proceso selectivo será
hecho público con las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos.
La composición del tribunal se ajustará, en términos de paridad entre hombres y
mujeres, a lo establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el artículo 60 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público.
La autoridad convocante hará público un breve currículum profesional de las
personas que forman parte del mismo en la página web del Instituto de Mayores y
Servicios Sociales www.imserso.es.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/asesoras
especialistas.
5.2 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no
pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

cve: BOE-A-2022-23840
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 313