II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Personal laboral. (BOE-A-2022-23839)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal en empleo fijo en los grupos profesionales M3, M2 y E2 del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022
2.
Sec. II.B. Pág. 191939
Fase de concurso
Esta fase sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición.
La puntuación máxima será de 40 puntos.
Se valorarán los siguientes méritos, que habrán de poseerse a la fecha de
finalización del plazo de publicación de la convocatoria:
1. Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 36 puntos (90% del total
de la fase de concurso).
Se valorará la experiencia profesional por servicios efectivos prestados en los
últimos 10 años siempre que las funciones desarrolladas sean iguales o equivalentes a
las de la categoría profesional objeto de la estabilización a la que se pretende acceder,
según los siguientes criterios:
a. Servicios efectivos prestados en el Imserso en el mismo perfil al que se pretende
acceder: 0,50 puntos por mes completo de servicios. (La puntuación máxima es el 100 %
o 60 puntos y se consigue con diez años).
b. Servicios efectivos prestados como empleados y empleadas públicas con
funciones equivalentes a las de la categoría profesional objeto de la estabilización en la
Administración General del Estado o en otras Administraciones Públicas o en el Sector
Público, incluidas las Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión
Europea, así como en la Administración Pública de aquellos Estados a los que, en virtud
de Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España,
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se
define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.: 0,25 puntos por mes
completo de servicios. (La puntuación máxima es el 50 % o 30 puntos y se consigue con
diez años).
c. Servicios efectivos con funciones equivalentes prestados en otros ámbitos no
incluidos en los apartados anteriores: 0,1 puntos por mes completo de servicios. (La
puntuación máxima es el 20% o 12 puntos y se consigue a los diez años).
Los servicios efectivos prestados en jornadas de carácter parcial o inferiores a la
completa se valorarán proporcionalmente.
En el supuesto de que coincidan total o parcialmente en el tiempo periodos de
prestación de servicios efectivos susceptibles de valoración, aplicando el baremo fijado
en más de un apartado de los descritos anteriormente, solo se tendrá en cuenta aquel
que permita al trabajador o trabajadora obtener una mayor puntuación. Por tanto, en
ningún caso, se podrá generar doble puntuación por un mismo periodo de prestación.
Para la valoración de este mérito será necesario aportar:
1. Certificado de Servicios Prestados expedido por la unidad de personal
correspondiente cuando la experiencia profesional se derive de servicios prestados en la
Administración según modelo que figura en el anexo V de la convocatoria.
2. Certificado de Vida Laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad
Social y copia del contrato o contratos de trabajo de los que se derive dicha experiencia.
3. Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo por
cuenta propia, la copia del contrato o de los contratos exigidos en los demás casos se
sustituirá por el contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la
experiencia alegada.
La documentación indicada anteriormente podrá ser original o copia auténtica.
2. Méritos Académicos: La puntuación máxima será 4 puntos (10% del total de la
fase de concurso).
a) Por haber superado los ejercicios de los procesos selectivos para el acceso al
mismo nivel de clasificación profesional en los últimos en los últimos 5 años: hasta un
máximo de 1 puntos.
cve: BOE-A-2022-23839
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
2.
Sec. II.B. Pág. 191939
Fase de concurso
Esta fase sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición.
La puntuación máxima será de 40 puntos.
Se valorarán los siguientes méritos, que habrán de poseerse a la fecha de
finalización del plazo de publicación de la convocatoria:
1. Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 36 puntos (90% del total
de la fase de concurso).
Se valorará la experiencia profesional por servicios efectivos prestados en los
últimos 10 años siempre que las funciones desarrolladas sean iguales o equivalentes a
las de la categoría profesional objeto de la estabilización a la que se pretende acceder,
según los siguientes criterios:
a. Servicios efectivos prestados en el Imserso en el mismo perfil al que se pretende
acceder: 0,50 puntos por mes completo de servicios. (La puntuación máxima es el 100 %
o 60 puntos y se consigue con diez años).
b. Servicios efectivos prestados como empleados y empleadas públicas con
funciones equivalentes a las de la categoría profesional objeto de la estabilización en la
Administración General del Estado o en otras Administraciones Públicas o en el Sector
Público, incluidas las Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión
Europea, así como en la Administración Pública de aquellos Estados a los que, en virtud
de Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España,
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se
define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.: 0,25 puntos por mes
completo de servicios. (La puntuación máxima es el 50 % o 30 puntos y se consigue con
diez años).
c. Servicios efectivos con funciones equivalentes prestados en otros ámbitos no
incluidos en los apartados anteriores: 0,1 puntos por mes completo de servicios. (La
puntuación máxima es el 20% o 12 puntos y se consigue a los diez años).
Los servicios efectivos prestados en jornadas de carácter parcial o inferiores a la
completa se valorarán proporcionalmente.
En el supuesto de que coincidan total o parcialmente en el tiempo periodos de
prestación de servicios efectivos susceptibles de valoración, aplicando el baremo fijado
en más de un apartado de los descritos anteriormente, solo se tendrá en cuenta aquel
que permita al trabajador o trabajadora obtener una mayor puntuación. Por tanto, en
ningún caso, se podrá generar doble puntuación por un mismo periodo de prestación.
Para la valoración de este mérito será necesario aportar:
1. Certificado de Servicios Prestados expedido por la unidad de personal
correspondiente cuando la experiencia profesional se derive de servicios prestados en la
Administración según modelo que figura en el anexo V de la convocatoria.
2. Certificado de Vida Laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad
Social y copia del contrato o contratos de trabajo de los que se derive dicha experiencia.
3. Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo por
cuenta propia, la copia del contrato o de los contratos exigidos en los demás casos se
sustituirá por el contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la
experiencia alegada.
La documentación indicada anteriormente podrá ser original o copia auténtica.
2. Méritos Académicos: La puntuación máxima será 4 puntos (10% del total de la
fase de concurso).
a) Por haber superado los ejercicios de los procesos selectivos para el acceso al
mismo nivel de clasificación profesional en los últimos en los últimos 5 años: hasta un
máximo de 1 puntos.
cve: BOE-A-2022-23839
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313