II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2022-23846)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal laboral fijo, doctor fuera de Convenio, en el marco de la estabilización de empleo temporal, en el Instituto de Salud Carlos III.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 192158

tribunal, cada uno de los cuales podrá adjudicar a cada aspirante de cero a la puntuación
máxima señalada en cada apartado.
La puntuación correspondiente en cada apartado será la media de las puntuaciones
asignadas por cada uno de los miembros del tribunal, excluidas la puntuación más alta y
la más baja, y sin que en ningún caso pueda excluirse más de una máxima y de una
mínima.
La puntuación final de cada aspirante en esta segunda fase del concurso vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones asignadas en cada uno de los apartados
de este anexo, siendo necesario alcanzar 10 puntos, como mínimo, para superar esta
segunda fase.
7. La puntuación final del concurso para cada especialidad será la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada fase del concurso.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1.º Mayor puntuación obtenida en la primera fase de concurso.
2.º Mayor puntuación obtenida en esa primera fase de concurso en el apartado a),
b) y c) valorados sucesivamente en el orden indicado.
3.º Mayor puntuación obtenida en la segunda fase del concurso en los apartados a)
y b) valorados sucesivamente en el orden indicado.
4.º De persistir el empate el tribunal resolverá por votación.
8. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
no pudiendo demorarse estas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá
ser valorado por el tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas
tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el
proceso selectivo.
9. Quienes tengan la condición de funcionarios/as de Organismos Internacionales
estarán exentos/as de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión
Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos
ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional
correspondiente.
10. Otras previsiones: Los tribunales podrán disponer de la incorporación a sus
trabajos de especialistas que les asesoren, designados previamente por el Presidente
del Tribunal, para todos o algunos de sus ejercicios. Estos asesores colaboraran con el
órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
11. En la sesión de constitución de cada uno de los tribunales, estos designarán de
entre los vocales, un Secretario/a Titular y Suplente de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 3, punto 14, del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo (BOE número 2124,
de 25 de mayo), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022. En
todo caso, deberá respetar el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres,
salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas, previsto en el
artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo. Esta medida se tendrá en cuenta
a la hora de nombrar los miembros que ostentarán las presidencias y secretarías de
aquellos. Se promoverá la participación en tribunales y órganos de selección de
personas con discapacidad, en particular en aquellos procesos en los que exista turno de
reserva para este colectivo.

cve: BOE-A-2022-23846
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Núm. 313