II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2022-23846)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal laboral fijo, doctor fuera de Convenio, en el marco de la estabilización de empleo temporal, en el Instituto de Salud Carlos III.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 192157

de Formación de Personal Investigador o de otros programas de formación similares. La
dirección de cursos de postgrado o cursos de especialización. El desarrollo de
actividades que den lugar a la obtención de patentes. La experiencia en centros de
investigación nacionales o extranjeros (máximo 12 puntos).
c) La participación en trabajos e informes de asesoramiento científico. La
participación en la implantación de sistemas de calidad en organizaciones. Los estudios
astrofísicos, geológicos, hidrológicos, oceanográficos, energéticos, medioambientales,
biosanitarios o de cualquier otra disciplina científica realizados con fines de investigación.
El estudio y desarrollo de nuevos procesos, sistemas o métodos. El diseño, construcción
y experimentación de prototipos y plantas piloto. Las actividades de divulgación de la
ciencia. La participación en actividades de gestión científica. Cualquier otro mérito que
alegue el aspirante relacionado con la especialidad objeto de la convocatoria (máximo 8
puntos).
Solo se podrán valorar los méritos que se tuvieran debidamente acreditados en la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y que estén en relación
directa con el perfil y tareas de la plaza.
La calificación de los/las aspirantes relativa a los méritos contenidos en los diferentes
apartados del baremo de esta primera fase del concurso se hará mediante deliberación
conjunta de los miembros del tribunal, cada uno de los cuales podrá adjudicar a cada
aspirante de cero a la puntuación máxima señalada en cada apartado. Dichas
calificaciones deberán justificarse individualmente por los miembros del tribunal mediante
la formulación por escrito de un juicio razonado relativo a la valoración de cada uno de
los méritos antes relacionados. Los mencionados escritos de justificación se unirán al
acta correspondiente.
La puntuación correspondiente en cada apartado será la media de las puntuaciones
asignadas por cada uno de los miembros del tribunal, excluidas la puntuación más alta y
la más baja, y sin que en ningún caso pueda excluirse más de una máxima y de una
mínima.
La puntuación final de cada aspirante en esta primera fase del concurso vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones asignadas en cada uno de los apartados
de este anexo, siendo necesario alcanzar 20 puntos, como mínimo, para pasar a la
segunda fase.
En ningún caso la puntuación obtenida en la primera fase del concurso podrá
aplicarse para superar la segunda fase.
6. La segunda fase del concurso tiene por objeto comprobar la adecuación de los
méritos, competencias y capacidades de los aspirantes con el perfil y tareas de la plaza
por la que participa y consistirá en la exposición oral y pública por el aspirante, durante
un tiempo máximo de una hora, de su visión de la actividad que podría desarrollar, en su
caso, en relación con el área de conocimiento o perfil científico objeto de la plaza
convocada, así como de sus posibles líneas de evolución. Seguidamente, el tribunal
debatirá con el aspirante, durante un tiempo máximo de una hora, acerca de los
contenidos científicos expuestos y de todos aquellos aspectos que considere relevantes.
Se valorará su conocimiento del perfil científico y de las innovaciones y avances
científicos que haya experimentado, así como su visión de la evolución del área en el
futuro y de las líneas de investigación posibles, según el siguiente baremo:
a) Su conocimiento y visión de la evolución del perfil científico o tecnológico (máximo
8 puntos).
b) La contribución del aspirante al avance del conocimiento. El grado de innovación,
originalidad y viabilidad de las líneas de investigación a desarrollar (máximo 12 puntos).
Esta segunda fase tendrá una valoración máxima de 20 puntos. La calificación de
los/las aspirantes relativa a los méritos contenidos en los apartados del baremo de esta
segunda fase del concurso se hará mediante deliberación conjunta de los miembros del

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