II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2022-23846)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal laboral fijo, doctor fuera de Convenio, en el marco de la estabilización de empleo temporal, en el Instituto de Salud Carlos III.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 192146
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se
convoca proceso selectivo para la contratación de personal laboral fijo, doctor
fuera de Convenio, en el marco de la estabilización de empleo temporal, en el
Instituto de Salud Carlos III.
Con el objetivo de hacer frente a los retos derivados de la alta tasa de temporalidad
de las Administraciones Públicas, la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2017 aprobó un proceso extraordinario de
estabilización del empleo temporal del personal al servicio de la Administración, a fin de
reducir este hasta un máximo del 8 por 100 durante el trienio 2017-2019.
El artículo 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2017 establece la posibilidad de que determinados sectores pudieran
disponer de una tasa adicional que incluirá hasta el 90 por 100 de las plazas que,
estando dotadas presupuestariamente, hubiesen estado ocupadas de forma temporal e
ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016.
Además de lo previsto en el párrafo anterior, se puede disponer de una tasa adicional
para la estabilización de empleo temporal de aquellas plazas que, en los términos previstos
en la disposición transitoria cuarta del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
estuviesen dotadas presupuestariamente y, desde una fecha anterior al 1 de enero de 2005,
hubiesen venido estando ocupadas ininterrumpidamente de forma temporal.
El apartado Uno.9 del artículo 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2018, posibilita que, además de lo establecido en el
artículo 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, se pueda disponer de una tasa adicional
para la estabilización del empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural
que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e
ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017.
El Real Decreto 19/2019, de 25 de enero, por el que se aprueba la oferta de empleo
público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del
Estado correspondiente a la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2018 y el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, por el que se
aprueba la oferta de empleo público para el año 2018 en relación con el personal
indefinido no fijo por sentencia, por las que se autoriza la convocatoria de plazas para la
contratación de personal laboral, Doctor Fuera de Convenio, con destino en el Instituto
de Salud Carlos III, con el fin de atender necesidades de personal y lo establecido en la
disposición adicional vigésimo tercera y la disposición transitoria cuarta de la
Ley 11/2020, de 30 de diciembre, por la que se aprueba la Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2021. Como modificación de la mencionada normativa
se ha publicado la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público, por el que se modifica el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se autoriza de acuerdo con la
disposición adicional sexta que las Administraciones Públicas convoquen, con carácter
excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el
sistema de concurso, aquellas plazas que reuniendo los requisitos establecidos en el
artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida
con anterioridad a 1 de enero de 2016.
cve: BOE-A-2022-23846
Verificable en https://www.boe.es
23846
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 192146
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se
convoca proceso selectivo para la contratación de personal laboral fijo, doctor
fuera de Convenio, en el marco de la estabilización de empleo temporal, en el
Instituto de Salud Carlos III.
Con el objetivo de hacer frente a los retos derivados de la alta tasa de temporalidad
de las Administraciones Públicas, la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2017 aprobó un proceso extraordinario de
estabilización del empleo temporal del personal al servicio de la Administración, a fin de
reducir este hasta un máximo del 8 por 100 durante el trienio 2017-2019.
El artículo 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2017 establece la posibilidad de que determinados sectores pudieran
disponer de una tasa adicional que incluirá hasta el 90 por 100 de las plazas que,
estando dotadas presupuestariamente, hubiesen estado ocupadas de forma temporal e
ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2016.
Además de lo previsto en el párrafo anterior, se puede disponer de una tasa adicional
para la estabilización de empleo temporal de aquellas plazas que, en los términos previstos
en la disposición transitoria cuarta del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
estuviesen dotadas presupuestariamente y, desde una fecha anterior al 1 de enero de 2005,
hubiesen venido estando ocupadas ininterrumpidamente de forma temporal.
El apartado Uno.9 del artículo 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2018, posibilita que, además de lo establecido en el
artículo 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, se pueda disponer de una tasa adicional
para la estabilización del empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural
que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e
ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017.
El Real Decreto 19/2019, de 25 de enero, por el que se aprueba la oferta de empleo
público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del
Estado correspondiente a la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2018 y el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, por el que se
aprueba la oferta de empleo público para el año 2018 en relación con el personal
indefinido no fijo por sentencia, por las que se autoriza la convocatoria de plazas para la
contratación de personal laboral, Doctor Fuera de Convenio, con destino en el Instituto
de Salud Carlos III, con el fin de atender necesidades de personal y lo establecido en la
disposición adicional vigésimo tercera y la disposición transitoria cuarta de la
Ley 11/2020, de 30 de diciembre, por la que se aprueba la Ley de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2021. Como modificación de la mencionada normativa
se ha publicado la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público, por el que se modifica el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se autoriza de acuerdo con la
disposición adicional sexta que las Administraciones Públicas convoquen, con carácter
excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el
sistema de concurso, aquellas plazas que reuniendo los requisitos establecidos en el
artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida
con anterioridad a 1 de enero de 2016.
cve: BOE-A-2022-23846
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