II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. (BOE-A-2022-23801)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se convoca el proceso selectivo para el acceso por promoción interna, para personal funcionario y personal laboral fijo, a la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022
9.
Sec. II.B. Pág. 191226
Solicitudes
9.1 De acuerdo con la Orden TFP/510/2019, de 30 de abril, por la que se establece
la obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso o
el acceso a los cuerpos o escalas de funcionarios cuya selección corresponde al
Ministerio de Política Territorial y Función Pública, y con el Real Decreto 203/2021, de 30
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos, la presentación de la instancia se realizará por vía
electrónica a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de
Acceso General, de acuerdo con las instrucciones que se indiquen.
9.2 Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción
serán los que determine el servicio de IPS.
9.3 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar
electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso
General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias). La no presentación
de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
9.4 Las personas interesadas dispondrán de un plazo de presentación de veinte
días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
9.5 El importe de la tasa por derechos de examen será de 15,55 euros. El importe
reducido para familias numerosas será de 7,79 euros.
9.6 Las personas aspirantes que, de acuerdo con lo dispuesto en el punto 6 del
apartado Decimocuarto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se
establecen las bases comunes, estén exentos del pago de la tasa o tengan derecho a la
reducción de esta, deberán acompañar a la solicitud la documentación acreditativa del
derecho a la exención o reducción que se indica en el punto 9.11.2 de esta convocatoria.
No será necesario presentar esta documentación si la persona interesada consiente en
la solicitud el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos.
9.7 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación
de la concurrencia de alguna de las causas de su exención total o parcial supondrá la
sustitución del trámite de registro, en tiempo y forma, de la solicitud.
9.8 Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el
funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la
ampliación del plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación
sustitutoria.
9.9 Las personas aspirantes sólo podrán presentar una solicitud en el mismo
proceso selectivo. Igualmente, quienes soliciten participar por el cupo de reserva de
personas con discapacidad (CRD), únicamente podrán presentar una solicitud por este
cupo.
La presentación de más de una solicitud en los procesos selectivos será causa de
exclusión.
9.10 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos), así
como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y demás disposiciones que resulten de aplicación.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la
finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para
ello y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.
El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicarán respetando
la anonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de
cve: BOE-A-2022-23801
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
9.
Sec. II.B. Pág. 191226
Solicitudes
9.1 De acuerdo con la Orden TFP/510/2019, de 30 de abril, por la que se establece
la obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso o
el acceso a los cuerpos o escalas de funcionarios cuya selección corresponde al
Ministerio de Política Territorial y Función Pública, y con el Real Decreto 203/2021, de 30
de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector
público por medios electrónicos, la presentación de la instancia se realizará por vía
electrónica a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de
Acceso General, de acuerdo con las instrucciones que se indiquen.
9.2 Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción
serán los que determine el servicio de IPS.
9.3 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar
electrónicamente la solicitud de admisión en el modelo oficial 790, en el Punto de Acceso
General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias). La no presentación
de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
9.4 Las personas interesadas dispondrán de un plazo de presentación de veinte
días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta
convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
9.5 El importe de la tasa por derechos de examen será de 15,55 euros. El importe
reducido para familias numerosas será de 7,79 euros.
9.6 Las personas aspirantes que, de acuerdo con lo dispuesto en el punto 6 del
apartado Decimocuarto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se
establecen las bases comunes, estén exentos del pago de la tasa o tengan derecho a la
reducción de esta, deberán acompañar a la solicitud la documentación acreditativa del
derecho a la exención o reducción que se indica en el punto 9.11.2 de esta convocatoria.
No será necesario presentar esta documentación si la persona interesada consiente en
la solicitud el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos.
9.7 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación
de la concurrencia de alguna de las causas de su exención total o parcial supondrá la
sustitución del trámite de registro, en tiempo y forma, de la solicitud.
9.8 Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el
funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la
ampliación del plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación
sustitutoria.
9.9 Las personas aspirantes sólo podrán presentar una solicitud en el mismo
proceso selectivo. Igualmente, quienes soliciten participar por el cupo de reserva de
personas con discapacidad (CRD), únicamente podrán presentar una solicitud por este
cupo.
La presentación de más de una solicitud en los procesos selectivos será causa de
exclusión.
9.10 El tratamiento de la información se ajustará a lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos), así
como la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y demás disposiciones que resulten de aplicación.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la
finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias para
ello y del análisis y estudio de los datos relativos a estos procesos selectivos.
El nombre, apellidos y número del documento de identidad se publicarán respetando
la anonimización exigida en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de
cve: BOE-A-2022-23801
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313