II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Personal laboral. (BOE-A-2022-23855)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se convoca proceso de estabilización de empleo temporal derivado de la ley 20/2021, de 28 de diciembre, para el acceso a la condición de personal laboral fuera de convenio, a través del procedimiento de concurso extraordinario.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
1.1
Sec. II.B. Pág. 192273
Puntuación:
1.1.1 Se valorará, con la puntuación máxima de 60 puntos, los servicios efectivos
prestados como empleados/as públicos/as en los últimos diez años en la misma
clasificación profesional a la que se pretende acceder, en los que se hayan desarrollado
tareas o funciones idénticas a las descritas en el anexo I para la plaza a la que se opta, a
razón de 0,50 puntos por mes completo a jornada completa.
(Los servicios efectivos prestados en jornadas inferiores a la completa se valorarán
proporcionalmente).
1.1.2 Se valorará, con la puntuación máxima de 30 puntos, los servicios efectivos
prestados como empleados/as públicos/as en los últimos diez años en la misma
clasificación profesional a la que se pretende acceder, en los que se hayan desarrollado
tareas o funciones equivalentes a las descritas en el anexo I para la plaza a la que se
opta, a razón de 0,25 puntos por mes completo a jornada completa.
(Los servicios efectivos prestados en jornadas inferiores a la completa se valorarán
proporcionalmente).
1.1.3 Se valorará, con la puntuación máxima de 15 puntos, los servicios efectivos
prestados, durante los últimos diez años en puestos de trabajo de la misma clasificación
a la que se pretende acceder, en los que se hayan desarrollado tareas o funciones
equivalentes a las descritas en el anexo I para la plaza a la que se opta, a razón
de 0,125 puntos por mes completo a jornada completa.
(Los servicios efectivos prestados en jornadas inferiores a la completa se valorarán
proporcionalmente).
La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado es 60 puntos.
1.2 La referencia a los empleados/as públicos incluye los servicios prestados en
todas las Administraciones Públicas, así como en la Administración Pública de aquellos
Estados a los que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
en los términos en que ésta se define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad
Europea.
1.3 Forma de acreditación:
2. Méritos Académicos: La puntuación máxima será de 40 puntos.
2.1 Por poseer una titulación académica o de formación especializada, siempre que
pertenezca a la misma rama o familia profesional (comunicación y/o información), de
nivel superior o del mismo nivel distinta a la exigida en la convocatoria para el acceso al
puesto de trabajo, con un máximo de 12,5 puntos.
La valoración será:
– Doctorado: 5 puntos
– Máster: 3 puntos por cada máster
– Grado: 2 puntos por cada grado
2.2 Por haber realizado, en los diez años anteriores a la fecha de publicación de
esta convocatoria, cursos de formación y perfeccionamiento, siempre que pertenezcan a
cve: BOE-A-2022-23855
Verificable en https://www.boe.es
1.3.1 Certificado de Servicios Prestados emitido por la unidad de personal
correspondiente cuando la experiencia profesional se derive de servicios prestados en la
Administración Pública.
1.3.2 Certificado de Vida Laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad
Social y copia del contrato o contratos de trabajo de los que se derive dicha experiencia.
1.3.3 Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo
por cuenta propia, la copia del contrato o de los contratos de trabajo exigidos en los
demás casos se sustituirá por el contrato o contratos de servicios que hubieran dado
lugar a la experiencia alegada.
La documentación indicada anteriormente podrá ser original o copia auténtica.
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
1.1
Sec. II.B. Pág. 192273
Puntuación:
1.1.1 Se valorará, con la puntuación máxima de 60 puntos, los servicios efectivos
prestados como empleados/as públicos/as en los últimos diez años en la misma
clasificación profesional a la que se pretende acceder, en los que se hayan desarrollado
tareas o funciones idénticas a las descritas en el anexo I para la plaza a la que se opta, a
razón de 0,50 puntos por mes completo a jornada completa.
(Los servicios efectivos prestados en jornadas inferiores a la completa se valorarán
proporcionalmente).
1.1.2 Se valorará, con la puntuación máxima de 30 puntos, los servicios efectivos
prestados como empleados/as públicos/as en los últimos diez años en la misma
clasificación profesional a la que se pretende acceder, en los que se hayan desarrollado
tareas o funciones equivalentes a las descritas en el anexo I para la plaza a la que se
opta, a razón de 0,25 puntos por mes completo a jornada completa.
(Los servicios efectivos prestados en jornadas inferiores a la completa se valorarán
proporcionalmente).
1.1.3 Se valorará, con la puntuación máxima de 15 puntos, los servicios efectivos
prestados, durante los últimos diez años en puestos de trabajo de la misma clasificación
a la que se pretende acceder, en los que se hayan desarrollado tareas o funciones
equivalentes a las descritas en el anexo I para la plaza a la que se opta, a razón
de 0,125 puntos por mes completo a jornada completa.
(Los servicios efectivos prestados en jornadas inferiores a la completa se valorarán
proporcionalmente).
La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado es 60 puntos.
1.2 La referencia a los empleados/as públicos incluye los servicios prestados en
todas las Administraciones Públicas, así como en la Administración Pública de aquellos
Estados a los que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
en los términos en que ésta se define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad
Europea.
1.3 Forma de acreditación:
2. Méritos Académicos: La puntuación máxima será de 40 puntos.
2.1 Por poseer una titulación académica o de formación especializada, siempre que
pertenezca a la misma rama o familia profesional (comunicación y/o información), de
nivel superior o del mismo nivel distinta a la exigida en la convocatoria para el acceso al
puesto de trabajo, con un máximo de 12,5 puntos.
La valoración será:
– Doctorado: 5 puntos
– Máster: 3 puntos por cada máster
– Grado: 2 puntos por cada grado
2.2 Por haber realizado, en los diez años anteriores a la fecha de publicación de
esta convocatoria, cursos de formación y perfeccionamiento, siempre que pertenezcan a
cve: BOE-A-2022-23855
Verificable en https://www.boe.es
1.3.1 Certificado de Servicios Prestados emitido por la unidad de personal
correspondiente cuando la experiencia profesional se derive de servicios prestados en la
Administración Pública.
1.3.2 Certificado de Vida Laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad
Social y copia del contrato o contratos de trabajo de los que se derive dicha experiencia.
1.3.3 Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo
por cuenta propia, la copia del contrato o de los contratos de trabajo exigidos en los
demás casos se sustituirá por el contrato o contratos de servicios que hubieran dado
lugar a la experiencia alegada.
La documentación indicada anteriormente podrá ser original o copia auténtica.