II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Personal laboral. (BOE-A-2022-23831)
Resolución de 28 de diciembre de 2022, de la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de plazas, por el sistema general de acceso libre, en el marco de estabilización de empleo temporal, de personal laboral fijo, fuera de convenio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191818
Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los
incluidos en el apartado a) así como los extranjeros residentes en España incluidos en el
apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de
identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de
los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las
condiciones que se alegan.
2.2 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.
2.3 Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
2.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se reseña
en el anexo I. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá acreditar
estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia a la titulación recogida en el anexo I.
2.5 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de
las tareas.
2.6 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
Solicitudes
3.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo oficial de solicitud 790, al
que se accederá, con carácter general, a través de la página web administración.gob.es
o de los registros electrónicos para la tramitación de las inscripciones de los candidatos
en los procesos selectivos. Asimismo, las solicitudes y, en su caso, la subsanación y
procedimientos de impugnación de las actuaciones en el proceso selectivo, deberán
presentarse obligatoriamente por vía electrónica, conforme a lo establecido en la
disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, a través del servicio IPS.
3.2 Una vez cumplimentada, la solicitud tendrá que ser presentada en el pazo de
veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
3.3 Las solicitudes se presentarán de modo telemático. La cumplimentación de datos se
podrá realizar únicamente desde el servicio de inscripción en pruebas selectivas (IPS), al que
se podrá acceder en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/ips.
3.3.1 La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital de
persona física válido o DNI electrónico con los certificados activados (más información para
su obtención en http:/www.cert.fnmt.es/ y en http:/www.dnielctronico.es respectivamente).
La presentación por esta vía permitirá:
–
–
–
–
La inscripción en línea del modelo oficial 790.
Anexar documentos a la solicitud.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.
cve: BOE-A-2022-23831
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191818
Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los
incluidos en el apartado a) así como los extranjeros residentes en España incluidos en el
apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de
identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de
los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las
condiciones que se alegan.
2.2 Capacidad legal: Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.
2.3 Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa.
2.4 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título que se reseña
en el anexo I. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá acreditar
estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del
correspondiente certificado de equivalencia a la titulación recogida en el anexo I.
2.5 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de
las tareas.
2.6 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse
inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
Solicitudes
3.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo oficial de solicitud 790, al
que se accederá, con carácter general, a través de la página web administración.gob.es
o de los registros electrónicos para la tramitación de las inscripciones de los candidatos
en los procesos selectivos. Asimismo, las solicitudes y, en su caso, la subsanación y
procedimientos de impugnación de las actuaciones en el proceso selectivo, deberán
presentarse obligatoriamente por vía electrónica, conforme a lo establecido en la
disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, a través del servicio IPS.
3.2 Una vez cumplimentada, la solicitud tendrá que ser presentada en el pazo de
veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
3.3 Las solicitudes se presentarán de modo telemático. La cumplimentación de datos se
podrá realizar únicamente desde el servicio de inscripción en pruebas selectivas (IPS), al que
se podrá acceder en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/ips.
3.3.1 La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital de
persona física válido o DNI electrónico con los certificados activados (más información para
su obtención en http:/www.cert.fnmt.es/ y en http:/www.dnielctronico.es respectivamente).
La presentación por esta vía permitirá:
–
–
–
–
La inscripción en línea del modelo oficial 790.
Anexar documentos a la solicitud.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.
cve: BOE-A-2022-23831
Verificable en https://www.boe.es
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