II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Personal laboral. (BOE-A-2022-23837)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso de estabilización de empleo temporal de personal laboral, por el sistema de acceso libre, como personal laboral fijo, en los grupos profesionales 1G y E1 sujetos al IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado, en el Instituto de la Juventud.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 191900

sustituirá por el contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la
experiencia alegada.
La documentación indicada anteriormente podrá ser original o copia auténtica.
2. Méritos Académicos: La puntuación máxima será de 40 puntos (40 % del total de
la fase de concurso). Se valorará:
− Haber superado uno o más ejercicios de los procesos selectivos para el acceso al
mismo nivel de clasificación profesional en los últimos 5 años. Puntuación máxima: 10
puntos.
− Haber realizado, en los 10 años anteriores a la fecha de publicación de la
convocatoria, cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con el
desempeño del puesto de trabajo. No se valorarán los cursos de formación de duración
inferior a 15 horas en el caso de haber sido recibidos, y de dos horas en los supuestos
de impartición.
Se valorará una sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma
materia. Puntuación máxima: 20 puntos, otorgados de la siguiente forma:
– 6 puntos por cada curso recibido de una duración igual o superior a 15 horas.
– 6 puntos por cada curso impartido, con un mínimo de dos horas de impartición.
Se valorarán aquellos cursos de formación y perfeccionamiento debidamente
acreditados, siempre que hayan sido desarrollados en el marco del Acuerdo de la
formación para el empleo de las Administraciones Públicas, así como los que estén
incluidos en los planes o programas de formación interna de los distintos Ministerios y
Organismos de la Administración General del Estado.
Se valorará una sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma
materia.
− Poseer una titulación académica o de formación especializada, siempre que
pertenezca a la misma rama o familia profesional, de nivel superior u otra titulación del
mismo nivel de clasificación profesional a la exigida en la convocatoria. Puntuación
máxima 10 puntos, otorgándose 2 puntos por cada titulación o formación.
No serán objeto de valoración en este apartado, las titulaciones o cursos
pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos
selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares.
Tampoco serán objeto de valoración aquellos cursos en cuya certificación no aparezca
su duración y fecha de realización.
Cuando la acreditación de los cursos o diplomas figure en créditos, se realizará la
equivalencia de un crédito igual a 10 horas. No se valorarán las jornadas o ponencias
que no constituyan cursos de formación.
Forma de acreditación:

En caso de empate, los procesos convocados por la modalidad de concurso se
resolverán atendiendo a los siguientes criterios:
1. Mayor número de días de desempeño de servicios en el mismo Cuerpo/Escala/
clasificación profesional objeto de convocatoria.
2. Mayor número de días de desempeño de servicios en el ámbito de la
Administración General del Estado.
3. Mayor puntuación en méritos profesionales.
4. Mayor puntuación en méritos académicos.

cve: BOE-A-2022-23837
Verificable en https://www.boe.es

Copia auténtica de los títulos, cursos o certificación de haber superado el
correspondiente proceso selectivo.