II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Personal laboral. (BOE-A-2022-23832)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, por concurso, en el marco de estabilización de empleo temporal, para la provisión de plazas de personal laboral, grupo profesional E1, especialidad Servicios Administrativos.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191830
bancarias abiertas en entidades extranjeras, no siendo admitida esta modalidad de pago
en ningún otro caso.
3.5 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá al órgano convocante.
3.6 En relación con el cómputo de plazos de la presente convocatoria, se declara
inhábil el mes de agosto.
La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.7 En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el
funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de
este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación
del correspondiente plazo, siempre que este no se encuentre vencido, todo ello de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.8 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo III
3.9 Estarán exentas de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad las
personas incluidas en el apartado a) de la base 2.1.1, así como las personas extranjeras
residentes en España incluidas en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud
la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de
Datos de Identidad. El resto de las personas candidatas deberán acompañar a su
solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
3.10 Las personas aspirantes con discapacidad con un grado de discapacidad igual
o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar
Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó
el grado de discapacidad.
3.11 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.12 El tratamiento de la información por medios electrónicos se ajustará a lo
establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos
Personales) y en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la
única finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias
para ello. Es responsable del tratamiento de estos datos el Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital, Subsecretaría, Subdirección General de Recursos
Humanos.
Los derechos de protección de datos de las personas solicitantes se podrán ejercer
dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica o presencialmente a
través de la red de oficinas de asistencia en materia de registros. En caso de
incumplimiento del responsable del tratamiento, los interesados podrán reclamar ante la
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), www.aepd.es.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante
dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
personas admitidas y excluidas. En atención al elevado número previsto de solicitudes
de participación en este proceso selectivo, y de acuerdo con el artículo 23 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se amplía el citado plazo en un mes. En dicha resolución,
que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que
se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de personas
cve: BOE-A-2022-23832
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191830
bancarias abiertas en entidades extranjeras, no siendo admitida esta modalidad de pago
en ningún otro caso.
3.5 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá al órgano convocante.
3.6 En relación con el cómputo de plazos de la presente convocatoria, se declara
inhábil el mes de agosto.
La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
3.7 En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el
funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de
este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación
del correspondiente plazo, siempre que este no se encuentre vencido, todo ello de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.8 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo III
3.9 Estarán exentas de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad las
personas incluidas en el apartado a) de la base 2.1.1, así como las personas extranjeras
residentes en España incluidas en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud
la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de
Datos de Identidad. El resto de las personas candidatas deberán acompañar a su
solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
3.10 Las personas aspirantes con discapacidad con un grado de discapacidad igual
o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar
Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó
el grado de discapacidad.
3.11 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
3.12 El tratamiento de la información por medios electrónicos se ajustará a lo
establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y
del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo
que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos
Personales) y en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con la
única finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones necesarias
para ello. Es responsable del tratamiento de estos datos el Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital, Subsecretaría, Subdirección General de Recursos
Humanos.
Los derechos de protección de datos de las personas solicitantes se podrán ejercer
dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía electrónica o presencialmente a
través de la red de oficinas de asistencia en materia de registros. En caso de
incumplimiento del responsable del tratamiento, los interesados podrán reclamar ante la
Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), www.aepd.es.
4.
Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante
dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de
personas admitidas y excluidas. En atención al elevado número previsto de solicitudes
de participación en este proceso selectivo, y de acuerdo con el artículo 23 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se amplía el citado plazo en un mes. En dicha resolución,
que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que
se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de personas
cve: BOE-A-2022-23832
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313