II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente. (BOE-A-2022-23821)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Agentes Medioambientales de Organismo Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191647
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1.
Fase de concurso
Los aspirantes admitidos dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar
desde la publicación de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, para
presentar el certificado de requisitos y méritos (anexo IV) debidamente expedido por los
servicios de personal del Ministerio u Organismo donde presten o hayan prestado sus
servicios, de conformidad con lo previsto en la base decimoctava de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22).
Si alguno de los aspirantes funcionarios, en servicio activo en la Administración del
Estado en el cuerpo o escala desde el que participa, únicamente va a solicitar la
valoración de los méritos que figuren inscritos en el Registro Centro de Personal, podrá
autorizar a la Administración la consulta de los datos obrantes en el mismo. En tal caso,
y dentro del plazo establecido para presentar la documentación, el aspirante deberá dar
su conformidad cumplimentando y presentando el modelo que figura como anexo V de
esta Resolución.
Las valoraciones de esta fase estarán referidas a la fecha de publicación de la
convocatoria.
La puntuación máxima a alcanzar será de 100 puntos.
A los aspirantes se les valorará como méritos los siguientes conceptos:
a)
Méritos profesionales.
1. Servicios efectivos prestados como personal funcionario en cuerpos o escalas de
personal funcionario o como personal laboral de cualquier Administración Pública u
órganos constitucionales u órganos equivalentes de las comunidades autónomas o en el
resto de los organismos y entes del sector público, con funciones idénticas a las de la
Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de
Medio Ambiente. A estos efectos se computarán también en este apartado como
servicios prestados, los desempeñados en las Administraciones Públicas de los Estados
miembros de la Unión Europea, así como en la Administración Pública de aquellos
Estados a los que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
en los términos en que ésta se define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad
Europea, siempre que se les reconozcan funciones similares a las de la Escala de
Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio
Ambiente.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada mes completo de servicios, hasta un
máximo de 60 puntos.
2. Servicios efectivos prestados como personal funcionario en Cuerpos o Escalas
de personal funcionario o como personal laboral de cualquier Administración Pública u
órganos constitucionales y órganos equivalentes de las Comunidades Autónomas o en el
resto de los organismos y entes del sector público, con funciones diferentes a las de la
Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de
Medio Ambiente. A estos efectos se computarán también en este apartado como
servicios prestados, los desempeñados en las Administraciones Públicas de los Estados
miembros de la Unión Europea, así como en la Administración Pública de aquellos
Estados a los que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
cve: BOE-A-2022-23821
Verificable en https://www.boe.es
La valoración de los méritos profesionales supondrá el 60% de la puntuación,
valorándose los servicios efectivos prestados hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes de participación en la convocatoria. El máximo de 60 puntos
se desglosará de la siguiente forma:
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191647
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1.
Fase de concurso
Los aspirantes admitidos dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar
desde la publicación de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, para
presentar el certificado de requisitos y méritos (anexo IV) debidamente expedido por los
servicios de personal del Ministerio u Organismo donde presten o hayan prestado sus
servicios, de conformidad con lo previsto en la base decimoctava de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22).
Si alguno de los aspirantes funcionarios, en servicio activo en la Administración del
Estado en el cuerpo o escala desde el que participa, únicamente va a solicitar la
valoración de los méritos que figuren inscritos en el Registro Centro de Personal, podrá
autorizar a la Administración la consulta de los datos obrantes en el mismo. En tal caso,
y dentro del plazo establecido para presentar la documentación, el aspirante deberá dar
su conformidad cumplimentando y presentando el modelo que figura como anexo V de
esta Resolución.
Las valoraciones de esta fase estarán referidas a la fecha de publicación de la
convocatoria.
La puntuación máxima a alcanzar será de 100 puntos.
A los aspirantes se les valorará como méritos los siguientes conceptos:
a)
Méritos profesionales.
1. Servicios efectivos prestados como personal funcionario en cuerpos o escalas de
personal funcionario o como personal laboral de cualquier Administración Pública u
órganos constitucionales u órganos equivalentes de las comunidades autónomas o en el
resto de los organismos y entes del sector público, con funciones idénticas a las de la
Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de
Medio Ambiente. A estos efectos se computarán también en este apartado como
servicios prestados, los desempeñados en las Administraciones Públicas de los Estados
miembros de la Unión Europea, así como en la Administración Pública de aquellos
Estados a los que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
en los términos en que ésta se define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad
Europea, siempre que se les reconozcan funciones similares a las de la Escala de
Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio
Ambiente.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada mes completo de servicios, hasta un
máximo de 60 puntos.
2. Servicios efectivos prestados como personal funcionario en Cuerpos o Escalas
de personal funcionario o como personal laboral de cualquier Administración Pública u
órganos constitucionales y órganos equivalentes de las Comunidades Autónomas o en el
resto de los organismos y entes del sector público, con funciones diferentes a las de la
Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de
Medio Ambiente. A estos efectos se computarán también en este apartado como
servicios prestados, los desempeñados en las Administraciones Públicas de los Estados
miembros de la Unión Europea, así como en la Administración Pública de aquellos
Estados a los que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
cve: BOE-A-2022-23821
Verificable en https://www.boe.es
La valoración de los méritos profesionales supondrá el 60% de la puntuación,
valorándose los servicios efectivos prestados hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes de participación en la convocatoria. El máximo de 60 puntos
se desglosará de la siguiente forma: