II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. (BOE-A-2022-23811)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 191439

En los casos en los que las solicitudes tengan que ir acompañadas de
documentación adicional, de conformidad con lo previsto en la presente convocatoria,
ésta podrá adjuntarse en la solicitud telemática o podrá ser presentada a través de la
Sede electrónica de la página web del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia
de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo indicadas en el anexo IV
deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se
procederá a la exclusión del aspirante.
5.3 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
6.

Tribunal

6.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo, que adecuará su composición
y funcionamiento a lo establecido en los artículos 55 y 60 del texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, es el que figura en el anexo III de esta Resolución.
6.2 Se publicará un breve currículum profesional de las personas que formen parte
del Tribunal en la página web de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (Inspección
de Trabajo y Seguridad Social: Trabaja con nosotros).
6.3 El Tribunal calificador actuará con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y
demás disposiciones vigentes.
6.4 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará
por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos
sexos.
6.5 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes. En los supuestos de llamamiento único
decaerán en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlos, salvo los
casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los
cuales serán apreciados por el Tribunal, que podrá disponer, en tal circunstancia, la
realización de una convocatoria extraordinaria.
6.6 Si en algún momento el Tribunal calificador tuviera conocimiento de que un
aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la presente convocatoria,
o de la certificación acreditativa resultara que su solicitud adolece de errores o
falsedades que imposibilitaran su acceso al Cuerpo de Inspectores de Trabajo y
Seguridad Social en los términos establecidos en la presente convocatoria, previa
audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión al órgano convocante,
comunicándole las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud
de admisión a las pruebas selectivas.
6.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas para todos o alguno de los ejercicios, en los casos en que sea
estrictamente necesario.
6.8 Se faculta al Tribunal para adoptar las medidas, instrucciones o resoluciones
necesarias para descentralizar la realización de las pruebas selectivas y para realizar por
medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, las pruebas selectivas y la
lectura de los ejercicios.
6.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, Avenida Rafael Alberti, 18,
Madrid
28071,
teléfono
913632800,
dirección
de
correo
electrónico:
inspectoresescuela@mites.gob.es, correo electrónico que no tiene la consideración de
registro telemático.

cve: BOE-A-2022-23811
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 313