II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Personal laboral. (BOE-A-2022-23823)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por concurso como personal laboral fijo, fuera de Convenio, en la categoría de Jefe de Unidad de Análisis del movimiento, en el Consejo Superior de Deportes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191682
Las relaciones tendrán una validez de veinticuatro meses desde su publicación, salvo
nueva convocatoria al efecto.
Para poder iniciar el procedimiento de gestión de las relaciones de candidatos será
necesaria autorización de la Dirección General de la Función Pública.
Este procedimiento de gestión se hará público en la página web del Consejo Superior
de Deportes www.csd.gob.es.
9.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia
y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante la autoridad convocante en el plazo de un mes desde su publicación,
de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contenciosoadministrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo
de dos meses desde su publicación, de conformidad con lo dispuesto el artículo 9.1.a) de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso–administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Madrid, 27 de diciembre de 2022.–El Subsecretario de Cultura y Deporte, Eduardo
Fernández Palomares.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El proceso selectivo constará de una fase de concurso.
Fase de concurso
Se valorarán, hasta un máximo de 100 puntos, los siguientes méritos, que habrán de
poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 60 puntos.
1. Servicios efectivos prestados, en los últimos diez años, en la misma clasificación
profesional que la de la plaza a la que se opta.
a. Puntuación máxima: 60 puntos.
b. Forma de puntuación: 0,5 puntos por mes completo a jornada completa. (Los
servicios efectivos prestados en jornadas inferiores a la completa se valorarán
proporcionalmente).
c. Forma de acreditación:
– Certificado de Servicios Prestados emitido por la unidad de personal correspondiente
cuando la experiencia profesional se derive de servicios prestados en la Administración
General del Estado según modelo que figura como anexo V de la convocatoria.
La documentación indicada anteriormente podrá ser original o copia auténtica.
cve: BOE-A-2022-23823
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191682
Las relaciones tendrán una validez de veinticuatro meses desde su publicación, salvo
nueva convocatoria al efecto.
Para poder iniciar el procedimiento de gestión de las relaciones de candidatos será
necesaria autorización de la Dirección General de la Función Pública.
Este procedimiento de gestión se hará público en la página web del Consejo Superior
de Deportes www.csd.gob.es.
9.
Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia
y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso
de reposición ante la autoridad convocante en el plazo de un mes desde su publicación,
de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contenciosoadministrativo, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo
de dos meses desde su publicación, de conformidad con lo dispuesto el artículo 9.1.a) de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso–administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Madrid, 27 de diciembre de 2022.–El Subsecretario de Cultura y Deporte, Eduardo
Fernández Palomares.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
El proceso selectivo constará de una fase de concurso.
Fase de concurso
Se valorarán, hasta un máximo de 100 puntos, los siguientes méritos, que habrán de
poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 60 puntos.
1. Servicios efectivos prestados, en los últimos diez años, en la misma clasificación
profesional que la de la plaza a la que se opta.
a. Puntuación máxima: 60 puntos.
b. Forma de puntuación: 0,5 puntos por mes completo a jornada completa. (Los
servicios efectivos prestados en jornadas inferiores a la completa se valorarán
proporcionalmente).
c. Forma de acreditación:
– Certificado de Servicios Prestados emitido por la unidad de personal correspondiente
cuando la experiencia profesional se derive de servicios prestados en la Administración
General del Estado según modelo que figura como anexo V de la convocatoria.
La documentación indicada anteriormente podrá ser original o copia auténtica.
cve: BOE-A-2022-23823
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313