II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Personal laboral. (BOE-A-2022-23816)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso de estabilización de empleo temporal para el personal laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 191546

Se valorará una sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma
materia.
No serán objeto de valoración las titulaciones o cursos pertenecientes a una carrera
universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas
relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares. Tampoco serán objeto de
valoración aquellos cursos en cuya certificación no aparezca su duración y fecha de
realización.
2.

Procedimiento de concurso

En el procedimiento de concurso de valoración de méritos la puntuación máxima a
alcanzar será de 100 puntos. Los méritos profesionales supondrán el 60% de la
puntuación, valorándose los servicios efectivos prestados hasta la fecha de publicación
de la convocatoria.
La fase de concurso tendrá como finalidad la valoración de los méritos de las
personas aspirantes para la determinación de la nota final del proceso selectivo.
2.1 Méritos profesionales: supondrán el 60 % de la puntuación de esta fase,
valorándose los servicios efectivos prestados en los últimos diez años hasta la fecha de
publicación de la convocatoria.
2.1.1 Servicios efectivos prestados en la misma clasificación profesional y
especialidad en el mismo ámbito del IV Convenio que las plazas objeto de convocatoria
hasta la fecha de publicación de la misma: se valorarán a razón de 0,50 puntos por mes
trabajado.
2.1.2 Serán también objeto de valoración las funciones equivalentes desarrolladas
por las personas aspirantes en el ámbito de otros Convenios colectivos o sin sujeción a
un Convenio, tanto en la Administración General del Estado como en otras
Administraciones Públicas hasta la fecha de publicación de la misma: se valorarán a
razón de 0,25 puntos por mes trabajado.
En el supuesto de que coincidan total o parcialmente en el tiempo períodos de
prestación de servicios efectivos susceptibles de valoración, solo se tendrá en cuenta
aquel que permita obtener una mayor puntuación, sin que pueda generarse doble
valoración por un mismo período de prestación. Los servicios efectivos prestados en
jornadas de carácter parcial o inferiores a la completa se computarán de forma
proporcional.
Deberán valorarse, además, en este apartado, los servicios prestados en las
Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión Europea, así como en la
Administración Pública de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se define en el
Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
Forma de acreditación: Certificado de Servicios Prestados emitido por la unidad de
personal correspondiente según modelo que figura como anexo VI de la convocatoria.
2.2 Méritos académicos: supondrán el 40 % de la puntuación de la fase de
concurso, hasta un total de 40 puntos.
Grupo Profesional M3, TS y TGM.
2.2.1 La superación, en los últimos 5 años a computar desde la publicación de la
convocatoria, de los ejercicios que conforman los procesos selectivos para el acceso a la
misma clasificación profesional a la que se participa, a razón de 2 puntos con un máximo
de 8 puntos.

cve: BOE-A-2022-23816
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Núm. 313