II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Personal laboral. (BOE-A-2022-23824)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Subdirección de Gerencia del Museo Centro de Arte Reina Sofía, por la que se convoca proceso selectivo excepcional de estabilización de empleo para ingreso como personal laboral fijo, en los grupos profesionales 1G, 2G, M2, M1, E2 y E1, sujetos al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191694
5.8 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Órgano de Selección cuando
concurran las circunstancias previstas en la ley citada en la base anterior.
5.9 El Órgano de Selección adoptará las medidas precisas para que los aspirantes
con discapacidad gocen de análogas condiciones que el resto de los aspirantes en la
realización de los ejercicios.
5.10 En tanto se mantenga la situación sanitaria derivada de la COVID-19 y con el
fin de conciliar el derecho a la protección de la salud con los principios de igualdad,
mérito y capacidad, que rigen el acceso a la función pública, así como el de agilidad a la
hora de ordenar el desarrollo de los procesos selectivos, se habilita al tribunal calificador
del proceso selectivo para la adopción de cuantas instrucciones o resoluciones sean
precisas en el desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, incluidos la forma, el
procedimiento y el orden de actuación de las personas aspirantes, en aras a garantizar el
cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad y no discriminación, así
como el normal desarrollo del proceso selectivo.
5.11 A estos efectos y a los de comunicaciones y demás incidencias, el Órgano de
Selección tendrá su sede en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, calle Santa
Isabel n.º52, 28012 Madrid oposiciones.laborales@museoreinasofia.es; teléfono 917741000.
6.
Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El Órgano de Selección publicará, la relación que contenga la valoración
provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida
en cada uno de los méritos y la puntuación total.
6.2 Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente
al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes, sin que
pueda utilizarse dicho plazo para presentar nueva documentación acreditativa de
méritos. Finalizado dicho plazo el Órgano de Selección publicará la relación con la
valoración definitiva de la fase de concurso.
6.3 El Órgano de Selección podrá requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera
conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos
exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado deberá proponer su exclusión
a la autoridad convocante.
7.
Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizadas el concurso, el presidente del Órgano de Selección elevará a la
autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la
calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo, por orden de puntuación.
Dicha relación se publicará disponiendo el primer aspirante de la misma de un plazo
de veinte días hábiles para la presentación de la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria.
7.2 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de puestos de
trabajo convocados.
8.
Adjudicación de plazas
8.1 La adjudicación del puesto al aspirante que supere el proceso selectivo se
efectuará, de acuerdo con el orden de puntuación total obtenida, mediante Resolución de
la autoridad convocante que será, asimismo, publicada.
8.2 La adjudicación de los puestos de trabajo tendrá en cuenta lo previsto en el
artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso
al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad,
(BOE del 17).
8.3 El personal de nuevo ingreso de los grupos profesionales convocados tendrá
que superar un período de prueba de tres meses para el grupo profesional 1G y de un
cve: BOE-A-2022-23824
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191694
5.8 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Órgano de Selección cuando
concurran las circunstancias previstas en la ley citada en la base anterior.
5.9 El Órgano de Selección adoptará las medidas precisas para que los aspirantes
con discapacidad gocen de análogas condiciones que el resto de los aspirantes en la
realización de los ejercicios.
5.10 En tanto se mantenga la situación sanitaria derivada de la COVID-19 y con el
fin de conciliar el derecho a la protección de la salud con los principios de igualdad,
mérito y capacidad, que rigen el acceso a la función pública, así como el de agilidad a la
hora de ordenar el desarrollo de los procesos selectivos, se habilita al tribunal calificador
del proceso selectivo para la adopción de cuantas instrucciones o resoluciones sean
precisas en el desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, incluidos la forma, el
procedimiento y el orden de actuación de las personas aspirantes, en aras a garantizar el
cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad y no discriminación, así
como el normal desarrollo del proceso selectivo.
5.11 A estos efectos y a los de comunicaciones y demás incidencias, el Órgano de
Selección tendrá su sede en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, calle Santa
Isabel n.º52, 28012 Madrid oposiciones.laborales@museoreinasofia.es; teléfono 917741000.
6.
Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El Órgano de Selección publicará, la relación que contenga la valoración
provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida
en cada uno de los méritos y la puntuación total.
6.2 Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente
al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes, sin que
pueda utilizarse dicho plazo para presentar nueva documentación acreditativa de
méritos. Finalizado dicho plazo el Órgano de Selección publicará la relación con la
valoración definitiva de la fase de concurso.
6.3 El Órgano de Selección podrá requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera
conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos
exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado deberá proponer su exclusión
a la autoridad convocante.
7.
Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizadas el concurso, el presidente del Órgano de Selección elevará a la
autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la
calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo, por orden de puntuación.
Dicha relación se publicará disponiendo el primer aspirante de la misma de un plazo
de veinte días hábiles para la presentación de la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria.
7.2 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de puestos de
trabajo convocados.
8.
Adjudicación de plazas
8.1 La adjudicación del puesto al aspirante que supere el proceso selectivo se
efectuará, de acuerdo con el orden de puntuación total obtenida, mediante Resolución de
la autoridad convocante que será, asimismo, publicada.
8.2 La adjudicación de los puestos de trabajo tendrá en cuenta lo previsto en el
artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso
al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad,
(BOE del 17).
8.3 El personal de nuevo ingreso de los grupos profesionales convocados tendrá
que superar un período de prueba de tres meses para el grupo profesional 1G y de un
cve: BOE-A-2022-23824
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313