II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2022-23810)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convocan procedimientos de estabilización, por el sistema de concurso-oposición para el ingreso libre y de reserva por discapacidad, a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional, para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación y Formación Profesional y la adquisición de nuevas especialidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022

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con aproximación de hasta diez milésimas, para evitar, en la medida de lo posible, que
se produzcan empates. Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del
tribunal exista una diferencia de tres o más enteros, serán excluidos automáticamente la
calificación máxima y mínima, calculándose la puntuación media entre las calificaciones
restantes. En el caso de que más de un miembro del tribunal otorgará la calificación
máxima y/o mínima solo se excluirá una única calificación máxima y/o mínima.
9. Lectura pública de los ejercicios
Todas las pruebas de exposición oral ante los tribunales tendrán carácter público en
la forma que determine cada tribunal, con sujeción en todo caso a la normativa sanitaria
que en ese momento pueda estar vigente.
10.

Fase de concurso

En la fase de concurso, en la que no se podrá alcanzar más de diez puntos, se
valorarán los méritos aportados por las personas participantes conforme a lo dispuesto a
continuación:
a) La asignación de la puntuación que corresponda a los aspirantes, según el
baremo recogido en el anexo I de la presente convocatoria, se realizará únicamente a los
aspirantes que superen la fase de oposición.
Esta asignación se realizará por las unidades de la Dirección Provincial de la Ciudad
Autónoma en donde se celebren las pruebas, las cuales procederán, una vez concluida
la fase de oposición, a la asignación de las puntuaciones de los distintos apartados del
baremo de méritos. Estas unidades realizarán estas funciones por delegación de los
tribunales, aportando a los mismos los resultados de sus actuaciones.
b) A estos efectos, quienes superen la fase de oposición deberán presentar, en el
plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en el que los
tribunales hagan públicas las listas de aspirantes que hayan superado esta fase, en la
Dirección Provincial correspondiente, copia auténtica de los documentos justificativos
que se indican en el baremo de méritos. Sólo se valorarán aquellos méritos que,
perfeccionados con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes
que se determine por Resolución de la Subsecretaría, se aleguen y aporten debidamente
justificados a través de la documentación que se determina en el citado anexo I, no
tomándose en consideración los perfeccionados con posterioridad a la finalización de
dicho plazo.
c) La puntuación alcanzada por los aspirantes en la fase de concurso se hará
pública en la web del Ministerio y en los tablones de anuncios de las correspondientes
Direcciones Provinciales, en la fecha que así se determine mediante Resolución de la
Subsecretaria que se publicará en la web https://www.educacionyfp.gob.es/contenidos/
profesorado/no-universitarios/oposiciones-y-ofertas-trabajo/oposiciones.html y en los
tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales del departamento en Ceuta y
Melilla. Los interesados podrán presentar, en el plazo de tres días hábiles a partir de su
exposición, escrito de reclamación dirigido al Director Provincial, a quien corresponde su
estudio y resolución.
Vistas y estudiadas las reclamaciones presentadas, las listas con las puntuaciones
definitivas alcanzadas en la fase de concurso se harán públicas en los mismos lugares y
en la fecha que asimismo se determine mediante Resolución de la Subsecretaría. Contra
estas puntuaciones podrá interponerse recurso de alzada ante la Subsecretaria, de
conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 de 1 de
octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
d) La recuperación de la documentación presentada en la fase de concurso podrán
realizarla los aspirantes en el lugar y durante el plazo que se determine en la Resolución
por la que se haga pública la lista de aprobados, salvo aquella documentación necesaria
para su nombramiento como personal funcionario de carrera, siempre y cuando no exista

cve: BOE-A-2022-23810
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Núm. 313