II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2022-23810)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convocan procedimientos de estabilización, por el sistema de concurso-oposición para el ingreso libre y de reserva por discapacidad, a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional, para plazas del ámbito de gestión territorial del Ministerio de Educación y Formación Profesional y la adquisición de nuevas especialidades.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191412
sesión, sin que la duración máxima en el desarrollo de estos dos ejercicios de la prueba
pueda superar las cinco horas.
Cuando se trate de especialidades en las que dicho ejercicio práctico no sea una
prueba escrita que se realice de forma colectiva, las personas aspirantes realizarán el
ejercicio de carácter práctico en la fecha que determine el tribunal, mediante citación en
la sede de actuación del mismo, siendo realizado dicho ejercicio, en todo caso, con
carácter previo a la exposición y defensa por los aspirantes de la unidad didáctica.
La calificación de la parte B de la prueba será de 0 a 10 puntos. En aquellos
supuestos en los que dicha parte B se componga de dos ejercicios, cada uno de los
ejercicios descritos en los apartados B.1), y, en su caso, B.2) se valorarán de 0 a 10
puntos, siendo la nota final en esta parte la que resulte de ponderar en un 60% la nota
obtenida en la exposición y defensa de la unidad didáctica, y un 40% la nota obtenida en
el ejercicio de carácter práctico. Dicha calificación, con indicación, en su caso, de la
obtenida en cada uno de los ejercicios, será publicada cuando Tribunal haga pública la
nota final y global de la prueba, que detallará la correspondiente a cada una de sus
partes.
7.6
Procedimiento para garantizar el anonimato de los aspirantes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 h) del citado Real
Decreto 276/2007, de 23 de febrero, para garantizar el anonimato en la realización de la
Parte A de la prueba, así como, en su caso, del ejercicio práctico de la parte B cuando
dicho ejercicio consista en una prueba escrita que pueda realizarse de forma colectiva,
se seguirán las siguientes instrucciones:
1. El tribunal entregará al aspirante un cuadernillo de folios para el desarrollo de la
parte A de la prueba y, en su caso, del ejercicio práctico de la parte B que deberá
numerarse.
2. Concluido el tiempo de la prueba, el tribunal recogerá los cuadernillos y una vez
que los aspirantes hayan abandonado el aula, el presidente y el secretario, sin que
ningún otro miembro del tribunal o aspirante esté presente, numerarán consecutivamente
cada cuadernillo, poniendo el mismo número en el recuadro superior de la cabecera y en
el inferior. Al margen de dicha numeración, cada cabecera y cuadernillo estarán
identificados con un mismo código impreso.
3. Posteriormente, procederán a separar del primer folio del cuadernillo las
cabeceras que contiene los datos identificativos de los examinandos y a introducirlas en
sobres separados, ya en presencia del resto de los miembros del tribunal y, al menos,
dos opositores voluntarios de los que hayan realizado la prueba.
Los sobres, según su contenido, estarán identificados del modo siguiente:
4. Una vez realizadas, corregidas y calificadas tanto la parte A como la parte B de
la prueba, el tribunal, con anterioridad al acto público de apertura del sobre con las
cabeceras de los datos identificativos de los examinandos, publicará en el tablón de
anuncios de su sede de actuación las calificaciones obtenidas en la parte A, así como,
en su caso, del ejercicio práctico en la parte B en aquellos supuestos en este se haya
realizado de forma colectiva y escrita en la misma sesión. En dicha relación figurará el
número asignado al examinando y la puntuación obtenida.
5. El tribunal anunciará en el tablón de anuncios de su sede de actuación el día y
hora de la apertura de los sobres donde están guardadas las cabeceras, acto que tendrá
carácter público.
cve: BOE-A-2022-23810
Verificable en https://www.boe.es
a) En uno se introducirán todas las cabeceras de los folios-portadas, con los datos
identificativos de los examinandos de ese tribunal.
b) En otros sobres se introducirán los cuadernillos de desarrollo de la parte A de la
prueba, y, en su caso, ejercicio práctico de los examinandos
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191412
sesión, sin que la duración máxima en el desarrollo de estos dos ejercicios de la prueba
pueda superar las cinco horas.
Cuando se trate de especialidades en las que dicho ejercicio práctico no sea una
prueba escrita que se realice de forma colectiva, las personas aspirantes realizarán el
ejercicio de carácter práctico en la fecha que determine el tribunal, mediante citación en
la sede de actuación del mismo, siendo realizado dicho ejercicio, en todo caso, con
carácter previo a la exposición y defensa por los aspirantes de la unidad didáctica.
La calificación de la parte B de la prueba será de 0 a 10 puntos. En aquellos
supuestos en los que dicha parte B se componga de dos ejercicios, cada uno de los
ejercicios descritos en los apartados B.1), y, en su caso, B.2) se valorarán de 0 a 10
puntos, siendo la nota final en esta parte la que resulte de ponderar en un 60% la nota
obtenida en la exposición y defensa de la unidad didáctica, y un 40% la nota obtenida en
el ejercicio de carácter práctico. Dicha calificación, con indicación, en su caso, de la
obtenida en cada uno de los ejercicios, será publicada cuando Tribunal haga pública la
nota final y global de la prueba, que detallará la correspondiente a cada una de sus
partes.
7.6
Procedimiento para garantizar el anonimato de los aspirantes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 h) del citado Real
Decreto 276/2007, de 23 de febrero, para garantizar el anonimato en la realización de la
Parte A de la prueba, así como, en su caso, del ejercicio práctico de la parte B cuando
dicho ejercicio consista en una prueba escrita que pueda realizarse de forma colectiva,
se seguirán las siguientes instrucciones:
1. El tribunal entregará al aspirante un cuadernillo de folios para el desarrollo de la
parte A de la prueba y, en su caso, del ejercicio práctico de la parte B que deberá
numerarse.
2. Concluido el tiempo de la prueba, el tribunal recogerá los cuadernillos y una vez
que los aspirantes hayan abandonado el aula, el presidente y el secretario, sin que
ningún otro miembro del tribunal o aspirante esté presente, numerarán consecutivamente
cada cuadernillo, poniendo el mismo número en el recuadro superior de la cabecera y en
el inferior. Al margen de dicha numeración, cada cabecera y cuadernillo estarán
identificados con un mismo código impreso.
3. Posteriormente, procederán a separar del primer folio del cuadernillo las
cabeceras que contiene los datos identificativos de los examinandos y a introducirlas en
sobres separados, ya en presencia del resto de los miembros del tribunal y, al menos,
dos opositores voluntarios de los que hayan realizado la prueba.
Los sobres, según su contenido, estarán identificados del modo siguiente:
4. Una vez realizadas, corregidas y calificadas tanto la parte A como la parte B de
la prueba, el tribunal, con anterioridad al acto público de apertura del sobre con las
cabeceras de los datos identificativos de los examinandos, publicará en el tablón de
anuncios de su sede de actuación las calificaciones obtenidas en la parte A, así como,
en su caso, del ejercicio práctico en la parte B en aquellos supuestos en este se haya
realizado de forma colectiva y escrita en la misma sesión. En dicha relación figurará el
número asignado al examinando y la puntuación obtenida.
5. El tribunal anunciará en el tablón de anuncios de su sede de actuación el día y
hora de la apertura de los sobres donde están guardadas las cabeceras, acto que tendrá
carácter público.
cve: BOE-A-2022-23810
Verificable en https://www.boe.es
a) En uno se introducirán todas las cabeceras de los folios-portadas, con los datos
identificativos de los examinandos de ese tribunal.
b) En otros sobres se introducirán los cuadernillos de desarrollo de la parte A de la
prueba, y, en su caso, ejercicio práctico de los examinandos