II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2022-23783)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de concurso como personal laboral fijo, en los grupos profesionales M3, 1G, E2 y E1, sujetos al IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 190810
Personal de la Administración General del Estado sobre la forma de inscripción de los
nombres y los apellidos.
El Órgano de selección no podrá declarar que se supera el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada categoría profesional.
Novena.
Resolución del concurso.
La convocatoria se resolverá por Resolución del Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación en un plazo máximo de tres meses, desde el día siguiente
al de la finalización de la presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial
del Estado».
Décima.
Destinos adjudicados.
El plazo de incorporación en el puesto de trabajo obtenido, de conformidad con lo
establecido en el artículo 52 del IV Convenio Único, será de tres días hábiles, en caso de
no implicar cambio de residencia del trabajador o trabajadora, o de un mes, en caso de
que comporte cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
Dichos plazos comenzarán a computar desde el día siguiente al de la publicación de
la resolución. La publicación de la reseña en el «Boletín Oficial del Estado» servirá de
notificación a los interesados.
En los casos en que se participe desde una situación que conlleve reserva de puesto y se
obtenga otro en el presente concurso, el trabajador o trabajadora afectado deberá optar entre
incorporarse de forma efectiva al puesto adjudicado o permanecer en dicha situación de
excedencia, lo que comunicará, dentro del plazo posesorio, al órgano competente en materia
de personal, entendiéndose, en el caso de que opte por permanecer en situación de
excedencia, que la reserva pasa a serlo del puesto adjudicado.
La adjudicación de un puesto a una persona que se encuentre en una situación de
excedencia que no conlleve reserva de puesto de trabajo, supondrá el reingreso al
servicio activo de dicho trabajador. Si no existiese incorporación efectiva en el plazo
establecido será declarado de oficio en la situación de excedencia voluntaria por interés
particular desde la fecha de resolución de adjudicación del concurso.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, el cómputo de los plazos de
cese e incorporación se iniciará el día siguiente al de la finalización de los permisos o
licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados o el día siguiente al
que se produzca el alta médica en caso de que el trabajador se encuentre de baja por
incapacidad temporal.
El plazo de incorporación se considerará como servicio activo a todos los efectos,
excepto en los supuestos de reingreso al servicio activo.
Las plazas convocadas no podrán declararse desiertas cuando haya solicitantes con
derecho a la adjudicación de las mismas, salvo en aquellos casos en los que con
anterioridad a la fecha de adjudicación de las mismas se hayan visto afectadas por
procesos de reestructuración administrativa u otras circunstancias excepcionales que
justifiquen dicha declaración
Publicación de la resolución del concurso.
La publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado», con
adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados.
En el caso de los puestos adjudicados los plazos establecidos para que los
Ministerios y Organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas
procedentes comenzarán a contarse desde el día siguiente a su publicación.
cve: BOE-A-2022-23783
Verificable en https://www.boe.es
Undécima.
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 190810
Personal de la Administración General del Estado sobre la forma de inscripción de los
nombres y los apellidos.
El Órgano de selección no podrá declarar que se supera el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada categoría profesional.
Novena.
Resolución del concurso.
La convocatoria se resolverá por Resolución del Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación en un plazo máximo de tres meses, desde el día siguiente
al de la finalización de la presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial
del Estado».
Décima.
Destinos adjudicados.
El plazo de incorporación en el puesto de trabajo obtenido, de conformidad con lo
establecido en el artículo 52 del IV Convenio Único, será de tres días hábiles, en caso de
no implicar cambio de residencia del trabajador o trabajadora, o de un mes, en caso de
que comporte cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
Dichos plazos comenzarán a computar desde el día siguiente al de la publicación de
la resolución. La publicación de la reseña en el «Boletín Oficial del Estado» servirá de
notificación a los interesados.
En los casos en que se participe desde una situación que conlleve reserva de puesto y se
obtenga otro en el presente concurso, el trabajador o trabajadora afectado deberá optar entre
incorporarse de forma efectiva al puesto adjudicado o permanecer en dicha situación de
excedencia, lo que comunicará, dentro del plazo posesorio, al órgano competente en materia
de personal, entendiéndose, en el caso de que opte por permanecer en situación de
excedencia, que la reserva pasa a serlo del puesto adjudicado.
La adjudicación de un puesto a una persona que se encuentre en una situación de
excedencia que no conlleve reserva de puesto de trabajo, supondrá el reingreso al
servicio activo de dicho trabajador. Si no existiese incorporación efectiva en el plazo
establecido será declarado de oficio en la situación de excedencia voluntaria por interés
particular desde la fecha de resolución de adjudicación del concurso.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, el cómputo de los plazos de
cese e incorporación se iniciará el día siguiente al de la finalización de los permisos o
licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados o el día siguiente al
que se produzca el alta médica en caso de que el trabajador se encuentre de baja por
incapacidad temporal.
El plazo de incorporación se considerará como servicio activo a todos los efectos,
excepto en los supuestos de reingreso al servicio activo.
Las plazas convocadas no podrán declararse desiertas cuando haya solicitantes con
derecho a la adjudicación de las mismas, salvo en aquellos casos en los que con
anterioridad a la fecha de adjudicación de las mismas se hayan visto afectadas por
procesos de reestructuración administrativa u otras circunstancias excepcionales que
justifiquen dicha declaración
Publicación de la resolución del concurso.
La publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado», con
adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados.
En el caso de los puestos adjudicados los plazos establecidos para que los
Ministerios y Organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas
procedentes comenzarán a contarse desde el día siguiente a su publicación.
cve: BOE-A-2022-23783
Verificable en https://www.boe.es
Undécima.