II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2022-23783)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de concurso como personal laboral fijo, en los grupos profesionales M3, 1G, E2 y E1, sujetos al IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 190809

Todas las personas que formen parte del Tribunal calificador deberán pertenecer a
un grupo profesional igual o superior al del puesto convocado. Los currículos de los
miembros del Tribunal se publicarán en la página web del Ministerio de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación (https://exteriores.gob.es)
En el supuesto de ser personal funcionario deberán pertenecer al grupo de titulación
igual o superior al del puesto de trabajo convocado.
No podrá formar parte del Tribunal calificador el personal laboral temporal.
La pertenencia a los Tribunales u Órganos de Selección, será siempre a título
individual, no pudiendo ostentarse en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal calificador propondrá a la autoridad convocante, a los candidatos que
hayan obtenido mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada
puesto en la presente convocatoria.
Las puntuaciones otorgadas y la valoración final deberán reflejarse en el acta que se
levantará al efecto.
Séptima. Sistema selectivo.
El sistema selectivo será el concurso, que consistirá en la valoración por parte del
Órgano de selección de los méritos que acrediten los aspirantes, referidos al día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en la presente
convocatoria, y de acuerdo con el baremo que se incluye como anexo II.
Los méritos a valorar serán los alegados y acreditados documentalmente por los
aspirantes durante el plazo de presentación de solicitudes, no tomándose en
consideración los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo.
La acreditación de los mismos se realizará adjuntando la documentación que se
determina en el anexo II.
No se valorarán los méritos que, habiéndose alegado, no hayan sido debidamente
acreditados.
Octava. Desarrollo del concurso.
Finalizada la baremación de los méritos por parte del Órgano de selección, se harán
públicas en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación, las puntuaciones provisionales otorgadas a las personas aspirantes en
cada categoría profesional. Contra este acuerdo se podrán presentar reclamaciones en
el plazo de diez días hábiles.
Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, el Órgano de selección hará
públicas en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación las puntuaciones definitivas, especificando la relación de personas que
superan el proceso selectivo y que se propondrán a la Secretaría de Estado de Función
Pública para su adjudicación.
En caso de empate en la puntuación, se resolverá atendiendo a los siguientes
criterios:
1. Mayor número de días de desempeño de servicios en la misma clasificación
profesional objeto de la convocatoria.
2. Mayor número de días de desempeño de servicios en el ámbito de la
Administración General del Estado.
3. Mayor puntuación en méritos profesionales.
4. Mayor puntuación en méritos académicos.
5. Orden alfabético de los apellidos y nombre, teniendo en cuenta la letra resultante
del sorteo realizado en la Secretaría de Estado de Función Pública, relativa al orden de
actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas (artículo 17 del Real
Decreto 364/1995). Dicha letra será la que estuviera vigente en la fecha de publicación
de la convocatoria del proceso selectivo. Se seguirán las reglas del Registro Central de

cve: BOE-A-2022-23783
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Núm. 313