II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal laboral. (BOE-A-2022-23836)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo de estabilización de empleo temporal de los grupos profesionales M3, 1G y 4G sujetos al IV Convenio Colectivo único del personal laboral de la Administración General del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191884
4.5 El régimen de incompatibilidad del puesto de trabajo será el general establecido
en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de
las Administraciones Públicas.
5.
Solicitudes
5.1 De acuerdo con la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021,
de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del
sector público por medios electrónicos, la presentación de la instancia de solicitud y
documentación y, en su caso, la subsanación deberá realizarse por vía electrónica
haciendo uso del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso
General (https://administracion.gob.es/PAG/ips).
5.2 Las personas interesadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado» para presentar su solicitud (modelo 790) cumplimentada
electrónicamente en la forma establecida en las bases 5.3 y 5.4. La no presentación de
esta en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
5.3 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar
electrónicamente la solicitud de admisión a pruebas selectivas en el modelo oficial 790,
al que se accede a través del Punto de Acceso General en la URL: https://
administracion.gob.es/PAG/ips. Para ello, las personas aspirantes deberán seleccionar el
cuerpo y la forma de acceso que corresponda y pulsarán el botón «Inscribirse». A
continuación, en la opción «Realice su inscripción online» deberá pulsar el botón
«Ciudadano» para posteriormente seleccionar el medio de identificación elegido
pulsando el botón «Acceder». Es imprescindible disponer de certificado electrónico o
estar registrado en el sistema cl@ve para identificarse y realizar la inscripción.
La presentación electrónica permitirá lo siguiente:
La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
Anexar, en su caso, documentos escaneados a su solicitud.
El pago electrónico de tasas.
El registro electrónico de la solicitud.
Cumplimentados todos los datos solicitados, las personas interesadas pulsarán el
botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente
si se muestran los justificantes del pago y registro de la inscripción.
El pago electrónico de la tasa de derechos de concurso se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 2
de abril), por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el
pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración
General del Estado y sus organismos públicos. La constancia de pago correcto de las
tasas estará avalada por el número de referencia completo (NRC) emitido por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan
que ir acompañadas de documentación adicional, de conformidad con lo previsto en las
bases 5.7 y 5.10, esta podrá adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica.
5.4 Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes
cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los
derechos de examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta
bancaria abierta en una entidad en el extranjero a la cuenta corriente restringida de
recaudación código SWIFT BBVAESMM; IBAN ES29 0182 2370 4102 00000822 del Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria, siendo por cuenta de la persona aspirante los gastos y
comisiones bancarias que se originen por dicha transferencia.
5.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo III.
cve: BOE-A-2022-23836
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191884
4.5 El régimen de incompatibilidad del puesto de trabajo será el general establecido
en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de
las Administraciones Públicas.
5.
Solicitudes
5.1 De acuerdo con la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021,
de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del
sector público por medios electrónicos, la presentación de la instancia de solicitud y
documentación y, en su caso, la subsanación deberá realizarse por vía electrónica
haciendo uso del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso
General (https://administracion.gob.es/PAG/ips).
5.2 Las personas interesadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado» para presentar su solicitud (modelo 790) cumplimentada
electrónicamente en la forma establecida en las bases 5.3 y 5.4. La no presentación de
esta en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
5.3 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar
electrónicamente la solicitud de admisión a pruebas selectivas en el modelo oficial 790,
al que se accede a través del Punto de Acceso General en la URL: https://
administracion.gob.es/PAG/ips. Para ello, las personas aspirantes deberán seleccionar el
cuerpo y la forma de acceso que corresponda y pulsarán el botón «Inscribirse». A
continuación, en la opción «Realice su inscripción online» deberá pulsar el botón
«Ciudadano» para posteriormente seleccionar el medio de identificación elegido
pulsando el botón «Acceder». Es imprescindible disponer de certificado electrónico o
estar registrado en el sistema cl@ve para identificarse y realizar la inscripción.
La presentación electrónica permitirá lo siguiente:
La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
Anexar, en su caso, documentos escaneados a su solicitud.
El pago electrónico de tasas.
El registro electrónico de la solicitud.
Cumplimentados todos los datos solicitados, las personas interesadas pulsarán el
botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente
si se muestran los justificantes del pago y registro de la inscripción.
El pago electrónico de la tasa de derechos de concurso se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 2
de abril), por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el
pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración
General del Estado y sus organismos públicos. La constancia de pago correcto de las
tasas estará avalada por el número de referencia completo (NRC) emitido por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan
que ir acompañadas de documentación adicional, de conformidad con lo previsto en las
bases 5.7 y 5.10, esta podrá adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica.
5.4 Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en las
representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes
cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los
derechos de examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta
bancaria abierta en una entidad en el extranjero a la cuenta corriente restringida de
recaudación código SWIFT BBVAESMM; IBAN ES29 0182 2370 4102 00000822 del Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria, siendo por cuenta de la persona aspirante los gastos y
comisiones bancarias que se originen por dicha transferencia.
5.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo III.
cve: BOE-A-2022-23836
Verificable en https://www.boe.es
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