III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-24403)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Actuaciones en materia de saneamiento y depuración en las aglomeraciones urbanas de China, Butarque y sur, Madrid y Getafe (Madrid)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 193139
Modelización de la futura EDAR Sur. Isodoras 0,5; 1; 1,5; 3; 5 y 7 uoE/m³ percentil 98.
Fuente: documento adicional.
Paralelamente, en el inventario de edificaciones incluido en el documento adicional,
se observa que todos los edificios de su listado, de uso residencial o no, se verían
expuestos tras el proyecto a valores de concentración de olor procedentes de la EDAR
Sur inferiores a los de la situación actual.
Considerando todo lo anterior, procede concluir, por una parte, que la renovación de
la EDAR Sur proyectada contribuirá a reducir el impacto odorífero por malos olores
procedentes de dicha EDAR a la población residente circundante, por lo que, a los
efectos de la Ley 21/2013, el impacto odorífero que causará el proyecto sobre la
población será positivo en este sentido (mejoraría la situación odorífera actual), pero, por
otra parte, que, teniendo en cuenta los umbrales de la guía holandesa, es previsible que,
durante la fase de explotación de la futura EDAR Sur, los edificios de uso residencial de
Caserío de Perales del Río, del resto del barrio de Perales del Río, del convento de las
Carmelitas La Aldehuela y quizá del Poblado de Arriba estén expuestos a
concentraciones odoríferas procedentes de la EDAR Sur renovada que ocasionen a sus
habitantes molestias por malos olores, si bien esas concentraciones odoríferas serán
inferiores a las actuales, según el estudio de olores presentado por el promotor. No
obstante, en todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como el propio
diseño del mismo, la incidencia de los olores en la población es un factor más a
considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano sustantivo.
Por su parte, el Departamento de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Getafe, en su
informe sobre el proyecto, hace referencia a que se estudie la incidencia de olores tanto
en suelo urbano consolidado como en suelo urbanizable no sectorizado. En relación con
esta petición, el documento adicional incluye el siguiente mapa de isodoras
(isodoras 0,5; 1; 1,5; 3; 5 y 7 uoE/m³ percentil 98) de la futura EDAR Sur sobre un mapa
cve: BOE-A-2022-24403
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 193139
Modelización de la futura EDAR Sur. Isodoras 0,5; 1; 1,5; 3; 5 y 7 uoE/m³ percentil 98.
Fuente: documento adicional.
Paralelamente, en el inventario de edificaciones incluido en el documento adicional,
se observa que todos los edificios de su listado, de uso residencial o no, se verían
expuestos tras el proyecto a valores de concentración de olor procedentes de la EDAR
Sur inferiores a los de la situación actual.
Considerando todo lo anterior, procede concluir, por una parte, que la renovación de
la EDAR Sur proyectada contribuirá a reducir el impacto odorífero por malos olores
procedentes de dicha EDAR a la población residente circundante, por lo que, a los
efectos de la Ley 21/2013, el impacto odorífero que causará el proyecto sobre la
población será positivo en este sentido (mejoraría la situación odorífera actual), pero, por
otra parte, que, teniendo en cuenta los umbrales de la guía holandesa, es previsible que,
durante la fase de explotación de la futura EDAR Sur, los edificios de uso residencial de
Caserío de Perales del Río, del resto del barrio de Perales del Río, del convento de las
Carmelitas La Aldehuela y quizá del Poblado de Arriba estén expuestos a
concentraciones odoríferas procedentes de la EDAR Sur renovada que ocasionen a sus
habitantes molestias por malos olores, si bien esas concentraciones odoríferas serán
inferiores a las actuales, según el estudio de olores presentado por el promotor. No
obstante, en todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como el propio
diseño del mismo, la incidencia de los olores en la población es un factor más a
considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano sustantivo.
Por su parte, el Departamento de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Getafe, en su
informe sobre el proyecto, hace referencia a que se estudie la incidencia de olores tanto
en suelo urbano consolidado como en suelo urbanizable no sectorizado. En relación con
esta petición, el documento adicional incluye el siguiente mapa de isodoras
(isodoras 0,5; 1; 1,5; 3; 5 y 7 uoE/m³ percentil 98) de la futura EDAR Sur sobre un mapa
cve: BOE-A-2022-24403
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313