II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. (BOE-A-2022-23835)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso de estabilización de empleo temporal de la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191877
la valoración de méritos del proceso selectivo, con indicación de la puntuación obtenida
en cada mérito y la total del concurso. En caso de empate en la valoración final del
proceso selectivo, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los criterios
establecidos en el Anexo I.
6.3 Finalizado el proceso selectivo, se publicará en el Boletín Oficial del Estado la
relación de aspirantes que lo hayan superado, por orden de puntuación.
6.4 Las personas candidatas que superen el proceso selectivo deberán presentar a
la Subsecretaría de Sanidad la documentación requerida para su nombramiento como
funcionarios de carrera. En el caso de que alguna de las personas candidatas
propuestas no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no
cumpla los requisitos exigidos o renuncie, el puesto se adjudicará la siguiente persona
candidata de la relación a que se refiere la base 6.2.
7.
Relaciones con el ciudadano
A lo largo del proceso selectivo se irá publicando en las páginas web del punto de
acceso general (https://www.administracion.gob.es) y del Ministerio de Sanidad (https://
www.sanidad.gob.es) toda la información relacionada con los diferentes aspectos del
desarrollo del mismo.
En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los
medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
8.
Norma final
A estas pruebas selectivas les será de aplicación el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la
Función Pública, en lo que no se oponga a la anterior norma, el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, el resto de la normativa vigente en la materia y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaría de
Sanidad en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente su
publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En
el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación presunta.
Madrid, 19 de diciembre de 2022.–La Subsecretaria de Sanidad, Dionisia Manteca
Marcos.
cve: BOE-A-2022-23835
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191877
la valoración de méritos del proceso selectivo, con indicación de la puntuación obtenida
en cada mérito y la total del concurso. En caso de empate en la valoración final del
proceso selectivo, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los criterios
establecidos en el Anexo I.
6.3 Finalizado el proceso selectivo, se publicará en el Boletín Oficial del Estado la
relación de aspirantes que lo hayan superado, por orden de puntuación.
6.4 Las personas candidatas que superen el proceso selectivo deberán presentar a
la Subsecretaría de Sanidad la documentación requerida para su nombramiento como
funcionarios de carrera. En el caso de que alguna de las personas candidatas
propuestas no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no
cumpla los requisitos exigidos o renuncie, el puesto se adjudicará la siguiente persona
candidata de la relación a que se refiere la base 6.2.
7.
Relaciones con el ciudadano
A lo largo del proceso selectivo se irá publicando en las páginas web del punto de
acceso general (https://www.administracion.gob.es) y del Ministerio de Sanidad (https://
www.sanidad.gob.es) toda la información relacionada con los diferentes aspectos del
desarrollo del mismo.
En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los
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8.
Norma final
A estas pruebas selectivas les será de aplicación el texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la
Función Pública, en lo que no se oponga a la anterior norma, el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, el resto de la normativa vigente en la materia y lo dispuesto en la presente
convocatoria.
Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaría de
Sanidad en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación o bien recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente su
publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En
el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación presunta.
Madrid, 19 de diciembre de 2022.–La Subsecretaria de Sanidad, Dionisia Manteca
Marcos.
cve: BOE-A-2022-23835
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313