III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Reservas hidrológicas. (BOE-A-2022-24410)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General del Agua, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de noviembre de 2022, por el que se declaran nuevas reservas hidrológicas en las demarcaciones hidrográficas intercomunitarias asociadas al tercer ciclo de la planificación hidrológica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022

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conforme al punto 5.a) del artículo 224.ter del RDPH, ha sido sometida a un periodo de
consulta pública de un mes en el portal web del Departamento, durante el período 26 de
abril hasta el 26 de mayo de 2022.
La propuesta ha sido remitida igualmente por las Confederaciones Hidrográficas por
el procedimiento escrito a cada Consejo del Agua de las Demarcaciones hidrográficas
intercomunitarias de acuerdo con el punto 5.b) del artículo 224.ter del RDPH.
Del mismo modo, conforme al punto 5.c) del citado artículo 244. Ter del RDPH, esta
propuesta ha sido sometida a consulta del Consejo Nacional del Agua, que informó
favorablemente la propuesta con fecha 10 de octubre de 2022 y al Consejo Asesor de
Medio Ambiente, que informó favorablemente con fecha 27 de abril de 2022.
Por último, conforme al artículo 5.d) del RPDH, durante este proceso se ha fomentado la
participación activa de los ciudadanos mediante la constitución de foros o grupos de trabajo,
celebrando igualmente una jornada de presentación y participación pública el 23 de mayo
de 2022, retransmitida igualmente por las redes sociales del Ministerio.
Conforme al marco normativo establecido por el citado Real Decreto 638/2016, de 9
de diciembre, procede la declaración de 67 nuevas reservas hidrológicas y la ampliación
de 2 previamente declaradas, según lo propuesto en los Planes hidrológicos
correspondientes al ciclo de planificación 2022-2027.
El Catálogo Nacional de reservas hidrológicas pasa a contar con un total de 289
reservas, completando las categorías de reservas naturales lacustres y reservas
naturales subterráneas que hasta el momento no tenían representación en el mismo.
De esta manera, en este Acuerdo se declaran 26 nuevas reservas naturales fluviales
y se amplían otras 2, con una longitud de 518,37 km, lo que supone la declaración total
de 248 reservas naturales fluviales, con una longitud total de 3.848,51 km.
Del mismo modo se declaran, por primera vez, reservas naturales lacustres y
reservas naturales subterráneas. En el primer caso, se trata de 19 reservas naturales
lacustres, equivalentes a una superficie de 12,34 km2, mientras que, en el segundo caso,
se trata de 22 reservas naturales subterráneas, equivalentes a una superficie
de 1.077,11 km2.
En virtud del artículo 244 ter del Reglamento del Dominio Público Hidráulico
(aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril), previo informe del Consejo
Nacional del Agua y del Consejo Asesor de Medio Ambiente, a propuesta de la Ministra
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y previa deliberación del Consejo de
Ministros, en su reunión del 29 de noviembre de 2022, acuerda:
Primero.
Según el artículo 244 ter del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, se declaran
las reservas hidrológicas que se acompañan como anexos, distribuidas de la siguiente
forma en las distintas demarcaciones hidrográficas intercomunitarias:
Número de reservas naturales fluviales

Longitud total (km)

Miño-Sil.

3

74,25

Cantábrico.

2

17,59

Tajo.

11

152,01

Guadiana.

1

35,39

Guadalquivir.

4

78,51

7 (5 nuevas, 2 ampliaciones)

160,62

28 (26 nuevas, 2 ampliaciones)

518,37

Júcar.
Total.

cve: BOE-A-2022-24410
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Demarcación Hidrográfica