III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2022-24424)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad Cadi Ayyad, para cotutela de tesis.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022

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inferior a seis meses la duración del conjunto de ellas en cualquiera de las dos
universidades.
El período de elaboración de la tesis doctoral no será superior a tres años,
pudiéndose acordar una prórroga de hasta dos años más. La distribución temporal
estimada de las estancias en cada institución es la siguiente:
En la UCA: Periodo de agosto a enero (seis meses/año).
En la UIMP: Periodo de febrero a julio (seis meses/año).
Tercera.
El doctorando se inscribirá cada curso académico en las dos universidades. Para ello
debe cumplir con todas las regulaciones de acceso en ambas instituciones y debe
completar todos los requisitos en ambas instituciones para el desarrollo de los estudios
de doctorado. El doctorando abonará el importe de la matrícula en una de las
universidades y tendrá dispensa de pago en la otra.
El doctorando abonará cada curso académico la matrícula en una única universidad,
de forma alterna, comenzando el curso 2021-2022 en la UCA, de acuerdo con las tarifas
de precios vigentes.
El doctorando deberá abonar en la UIMP las tasas administrativas de apertura y
gestión de expediente, de acuerdo con las tarifas de precios públicos vigentes.
El doctorando será reconocido como alumno de ambas universidades y se
beneficiará de los servicios y estructuras de cada una de ellas.
Cuarta.
El registro y la defensa de la tesis doctoral, dentro de este marco de cotutela, se
llevará a cabo de acuerdo con las normas aplicables a los estudios de doctorado en cada
una de las dos universidades. La tesis será redactada y defendida bien en una de las
lenguas de las universidades firmantes de este convenio, bien en una lengua habitual de
difusión científica del área de conocimiento a la que pertenezca. En todo caso, se deberá
incluir un resumen y las conclusiones en inglés.
Los requisitos de depósito, publicidad y defensa de la tesis doctoral serán los que
rijan en las respectivas universidades.
Una vez elaborada, el doctorando depositará la tesis en las dos universidades.
Pagará los derechos de admisión a trámite en la universidad donde se defienda la tesis y
será exonerado de los mismos en la otra universidad.

La tesis será objeto de una defensa única, que se llevará a cabo en la UCA.
El tribunal ante el que deberá defenderse la tesis será designado de común acuerdo
por las dos universidades, atendiendo a las exigencias normativas de ambas.
La financiación de los gastos del tribunal será responsabilidad de la universidad en la
que se desarrolle la defensa, de acuerdo con su reglamentación al respecto. Dicho gasto
no supone un traspaso de fondos entre las dos universidades y no se deriva
específicamente del presente convenio, sino que va con cargo a los expedientes de
gasto para la realización de doctorado aprobados con carácter general en dicha
universidad.
En virtud del presente convenio, ambas instituciones reconocen la validez de la tesis
doctoral defendida en este marco y se comprometen a expedir el título de doctor, de
acuerdo con la legislación que esté en vigor en el momento de la lectura de la tesis
doctoral.
El archivo y la difusión de la tesis se llevará a cabo en las dos universidades
interesadas conforme a los procedimientos específicos de cada una.

cve: BOE-A-2022-24424
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.