III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Formación para el empleo. (BOE-A-2022-24394)
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen, en su ámbito de gestión, determinadas medidas en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, para la iniciativa de formación programada por las empresas en el ejercicio 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 193014
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General del Servicio
Público de Empleo Estatal, por la que se establecen, en su ámbito de gestión,
determinadas medidas en materia de formación profesional para el empleo
en el ámbito laboral, para la iniciativa de formación programada por las
empresas en el ejercicio 2023.
Desde que el 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud elevó
la situación de emergencia de salud pública generada por la expansión de COVID-19 a
nivel de pandemia internacional, las Administraciones Públicas han ido adoptando, en el
ejercicio de sus competencias, las medidas necesarias para reducir en la medida de lo
posible su impacto en el tejido productivo y en su potencial de crecimiento. Como
ejemplo, en el ámbito de la formación profesional para el empleo, baste citar la
Resolución de 15 de abril de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal.
Las medidas que se adoptaron con base en dicha Resolución evidenciaron la
necesidad de fomentar en la impartición de la formación la utilización de nuevos
métodos, especialmente aquellos basados en el uso de medios electrónicos. Tales
medidas han demostrado su eficacia y efectos favorables, en pro de la preservación del
tejido empresarial y de la protección de las personas trabajadoras, así como de la
recualificación profesional y la mejora de sus condiciones laborales.
La utilidad demostrada por medidas como el uso del aula virtual o la reducción de los
plazos en las comunicaciones de inicio en la formación programada por las empresas
para flexibilizar y facilitar la ejecución de la formación de los trabajadores y trabajadoras
y mejora de la productividad y competitividad de las empresas, ha dado lugar a la
prórroga de dichas medidas para los ejercicios de 2021 y 2022, mediante resoluciones
del Servicio Público de Empleo Estatal, por las que se establecen, en su ámbito de
gestión, determinadas medidas en materia de formación profesional para el empleo en el
ámbito laboral, para la iniciativa de formación programada por las empresas, ya que
el límite temporal de la Resolución de 15 de abril de 2020 mencionada se circunscribía al
año 2020, en el caso de esta iniciativa.
Asimismo, la situación sanitaria provocada por la pandemia ha generado la aparición
de nuevos métodos de asistencia de los participantes a fin de respetar las restricciones
de aforo aplicadas por las autoridades competentes. Entre estas técnicas, se ha
implantado con notable éxito el sistema denominado formación bimodal o «aula espejo»,
que permite al docente impartir la formación de forma presencial a una parte de los
asistentes mientras que otra asiste de forma virtual. Este sistema se considera un
adecuado instrumento de impartición para facilitar el acceso a la formación para
un mayor número de participantes, además de una acertada apuesta de futuro, motivo
por el cual se considera oportuno dotarle de un reconocimiento en esta disposición.
Por ello, la eficacia y utilidad de estas medidas hace necesario mantener la
aplicación de estas medidas excepcionales previstas en las diferentes normas adoptadas
desde el comienzo de la crisis sanitaria, todo ello sin perjuicio de la previsible
normalización de la situación sanitaria.
Teniendo en cuenta lo anterior, se ha considerado oportuno que la ampliación de las
medidas adoptadas en la Resolución de 15 de abril de 2020, que también se aplicaron
durante 2021 y 2022, alcance a las acciones formativas que se programen durante 2023,
con cargo al crédito de formación del que disponen las empresas durante dicho ejercicio.
Asimismo, se ha considerado conveniente mantener la extensión de estas medidas a los
permisos individuales de formación que se soliciten durante el ejercicio 2023.
cve: BOE-A-2022-24394
Verificable en https://www.boe.es
24394
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 193014
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
Resolución de 1 de diciembre de 2022, de la Dirección General del Servicio
Público de Empleo Estatal, por la que se establecen, en su ámbito de gestión,
determinadas medidas en materia de formación profesional para el empleo
en el ámbito laboral, para la iniciativa de formación programada por las
empresas en el ejercicio 2023.
Desde que el 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud elevó
la situación de emergencia de salud pública generada por la expansión de COVID-19 a
nivel de pandemia internacional, las Administraciones Públicas han ido adoptando, en el
ejercicio de sus competencias, las medidas necesarias para reducir en la medida de lo
posible su impacto en el tejido productivo y en su potencial de crecimiento. Como
ejemplo, en el ámbito de la formación profesional para el empleo, baste citar la
Resolución de 15 de abril de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal.
Las medidas que se adoptaron con base en dicha Resolución evidenciaron la
necesidad de fomentar en la impartición de la formación la utilización de nuevos
métodos, especialmente aquellos basados en el uso de medios electrónicos. Tales
medidas han demostrado su eficacia y efectos favorables, en pro de la preservación del
tejido empresarial y de la protección de las personas trabajadoras, así como de la
recualificación profesional y la mejora de sus condiciones laborales.
La utilidad demostrada por medidas como el uso del aula virtual o la reducción de los
plazos en las comunicaciones de inicio en la formación programada por las empresas
para flexibilizar y facilitar la ejecución de la formación de los trabajadores y trabajadoras
y mejora de la productividad y competitividad de las empresas, ha dado lugar a la
prórroga de dichas medidas para los ejercicios de 2021 y 2022, mediante resoluciones
del Servicio Público de Empleo Estatal, por las que se establecen, en su ámbito de
gestión, determinadas medidas en materia de formación profesional para el empleo en el
ámbito laboral, para la iniciativa de formación programada por las empresas, ya que
el límite temporal de la Resolución de 15 de abril de 2020 mencionada se circunscribía al
año 2020, en el caso de esta iniciativa.
Asimismo, la situación sanitaria provocada por la pandemia ha generado la aparición
de nuevos métodos de asistencia de los participantes a fin de respetar las restricciones
de aforo aplicadas por las autoridades competentes. Entre estas técnicas, se ha
implantado con notable éxito el sistema denominado formación bimodal o «aula espejo»,
que permite al docente impartir la formación de forma presencial a una parte de los
asistentes mientras que otra asiste de forma virtual. Este sistema se considera un
adecuado instrumento de impartición para facilitar el acceso a la formación para
un mayor número de participantes, además de una acertada apuesta de futuro, motivo
por el cual se considera oportuno dotarle de un reconocimiento en esta disposición.
Por ello, la eficacia y utilidad de estas medidas hace necesario mantener la
aplicación de estas medidas excepcionales previstas en las diferentes normas adoptadas
desde el comienzo de la crisis sanitaria, todo ello sin perjuicio de la previsible
normalización de la situación sanitaria.
Teniendo en cuenta lo anterior, se ha considerado oportuno que la ampliación de las
medidas adoptadas en la Resolución de 15 de abril de 2020, que también se aplicaron
durante 2021 y 2022, alcance a las acciones formativas que se programen durante 2023,
con cargo al crédito de formación del que disponen las empresas durante dicho ejercicio.
Asimismo, se ha considerado conveniente mantener la extensión de estas medidas a los
permisos individuales de formación que se soliciten durante el ejercicio 2023.
cve: BOE-A-2022-24394
Verificable en https://www.boe.es
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