I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Espacios naturales protegidos. (BOE-A-2022-23750)
Real Decreto 1056/2022, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Director de la Red de Áreas Marinas Protegidas de España y los criterios mínimos comunes de gestión coordinada y coherente de la Red.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 190646
− Elaborar la programación de actuaciones.
− Asegurar la coordinación con las estrategias marinas y con los planes de
ordenación del espacio marítimo.
− Promover la cooperación interadministrativa e intradministrativa.
− Informar las memorias de seguimiento de las actuaciones e informes de situación
de la Red.
Para el desarrollo de las anteriores funciones, el Comité de Espacios Naturales
Protegidos podrá incorporar representantes de la Secretaría General de Pesca y en
función de los asuntos a tratar, representantes de otros departamentos ministeriales
competentes.
Consejo Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Ejercerá como órgano consultivo de participación de los agentes sociales implicados
en los espacios marinos protegidos de la RAMPE.
Sus funciones principales en este ámbito serán:
− Promover procesos de participación social para el cumplimiento de los objetivos de
la RAMPE tanto a escala de red como de espacio protegido.
− Informar el informe de situación de la Red.
Comité Científico.
El Comité Científico creado en virtud del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero,
para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial
y del Catálogo Español de Especies Amenazadas se encargará de:
cve: BOE-A-2022-23750
Verificable en https://www.boe.es
− Aportar asesoramiento científico sobre las cuestiones que sean planteadas en
relación a la RAMPE, proporcionando evidencia científica relevante que facilite el
desarrollo de los objetivos de la RAMPE y las acciones del Plan Director.
− Informar el informe de situación de la RAMPE.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 190646
− Elaborar la programación de actuaciones.
− Asegurar la coordinación con las estrategias marinas y con los planes de
ordenación del espacio marítimo.
− Promover la cooperación interadministrativa e intradministrativa.
− Informar las memorias de seguimiento de las actuaciones e informes de situación
de la Red.
Para el desarrollo de las anteriores funciones, el Comité de Espacios Naturales
Protegidos podrá incorporar representantes de la Secretaría General de Pesca y en
función de los asuntos a tratar, representantes de otros departamentos ministeriales
competentes.
Consejo Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Ejercerá como órgano consultivo de participación de los agentes sociales implicados
en los espacios marinos protegidos de la RAMPE.
Sus funciones principales en este ámbito serán:
− Promover procesos de participación social para el cumplimiento de los objetivos de
la RAMPE tanto a escala de red como de espacio protegido.
− Informar el informe de situación de la Red.
Comité Científico.
El Comité Científico creado en virtud del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero,
para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial
y del Catálogo Español de Especies Amenazadas se encargará de:
cve: BOE-A-2022-23750
Verificable en https://www.boe.es
− Aportar asesoramiento científico sobre las cuestiones que sean planteadas en
relación a la RAMPE, proporcionando evidencia científica relevante que facilite el
desarrollo de los objetivos de la RAMPE y las acciones del Plan Director.
− Informar el informe de situación de la RAMPE.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X