III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Infraestructuras ferroviarias. (BOE-A-2022-24391)
Orden TMA/1338/2022, de 23 de diciembre, por la que se aprueba la "Estrategia Indicativa del desarrollo, mantenimiento y renovación de la infraestructura ferroviaria" para el periodo 2021-2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 192992

V
Tal y como se ha expuesto anteriormente, la Estrategia Indicativa contempla dos
escenarios: el Escenario 1, de carácter continuista respecto a las inversiones llevadas a
cabo hasta ahora; y, el Escenario 2, en el que se propone reorientar las prioridades
inversoras hacia actuaciones más relacionadas con la movilidad cotidiana, el transporte
de mercancías y el mantenimiento de la red existente.
Además, se ha contemplado una «Alternativa cero» que solo incluye aquellas
acciones mínimas imprescindibles para la gestión de la red, dejando de lado mejoras y
nuevos desarrollos.
Tras analizar y comparar los escenarios propuestos, la Estrategia Indicativa, teniendo
en cuenta el análisis realizado en el Estudio Ambiental Estratégico, concluye que el
Escenario 2 es el que mejor se adecúa a los objetivos estratégicos pretendidos ya que
contribuye de forma más eficaz a la mejora de la movilidad cotidiana de la ciudadanía y
responde a los nuevos retos que se plantean al sistema de transportes en términos de
seguridad, calidad, eficiencia y sostenibilidad ambiental y financiera.
VI
Cumpliendo con lo establecido en el artículo 51 de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, en el Estudio Ambiental Estratégico se ha establecido un Programa de
Vigilancia que se realizará en base al seguimiento de una serie de indicadores,
vinculados a los objetivos ambientales y a las medidas propuestas para conseguirlos.
Asimismo, el citado estudio, establece unos valores de partida para los indicadores con
los que poder comparar los datos del seguimiento.
Como se ha mencionado anteriormente, la declaración ambiental estratégica
establece que este seguimiento sea anual, con el objeto de evaluar el cumplimiento de
los objetivos de carácter ambiental establecidos y su evolución, para monitorizar cada
una de las potenciales afecciones significativas y adaptar las medidas a las nuevas
necesidades que, en su caso, se pudieran detectar.
Asimismo, al final de su vigencia, se elaborará un informe donde se muestre la
evolución de una serie de variables representativas del desarrollo de la estrategia, una
vez se hayan aplicado las determinaciones de la planificación y se diseñen y ejecuten las
infraestructuras contempladas en los programas.
Por último, cabe destacar que gran parte de las previsiones del plan se van a
desarrollar a través de proyectos que estarán sometidos a evaluación ambiental, y por
tanto se realizará un seguimiento ambiental individualizado de cada uno de ellos, según
determine cada declaración de impacto ambiental. El sistema de seguimiento diseñado
deberá tener en cuenta, por tanto, tanto los seguimientos de los proyectos individuales,
como del conjunto y de las propias determinaciones de la Estrategia Indicativa.
VII
El expediente del proceso de información pública y consultas fue remitido, con
fecha 19 de abril de 2022, a la Abogacía del Estado para informe. La misma, mediante
escrito de fecha 11 de mayo de 2022, informó que considera ajustada a Derecho la
tramitación dada al expediente relativo a la «Estrategia indicativa del desarrollo,
mantenimiento y renovación de la infraestructura ferroviaria».
En ejercicio de la habilitación establecida en el artículo 5.1 de la Ley 38/2015, de 29
de septiembre, del sector ferroviario, a propuesta de la Dirección General de
Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria, y con la conformidad del Secretario

cve: BOE-A-2022-24391
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Núm. 313