II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2022-23795)
Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, por el sistema de concurso oposición.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 191083

1.3 Tercer ejercicio. Consistirá en contestar a preguntas prácticas y aplicadas a la
utilización de un procesador de textos Microsoft Word con los requerimientos de
presentación que el Tribunal determine.
El tercer ejercicio se celebrará en la misma fecha en las sedes de examen que se
comuniquen, que podrán ser objeto de agrupación, aun cuando correspondan a distintos
ámbitos territoriales en función de las personas aspirantes que en cada territorio deban
realizar este ejercicio, a los solos efectos de su ejecución y por razones organizativas,
sin que ello suponga alteración del ámbito territorial por el que se presentaron.
La duración máxima de este ejercicio será de 40 minutos sobre un cuestionario de 20
preguntas tipo test, y se calificará de 0 a 20 puntos. Las preguntas acertadas se
valorarán con 1 punto; las preguntas no acertadas y las que contengan respuestas
múltiples descontarán 0,25 puntos; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.
Para superar la prueba se precisará un mínimo de 10 puntos (el equivalente al 50 %
de la nota máxima posible, con independencia del territorio, del número de instancias
presentadas en el mismo y del turno general o de personas con discapacidad). Las
personas aspirantes que no superen esta nota mínima tendrán la consideración de no
aptas quedando ya excluidas del proceso selectivo.
El Tribunal propondrá un cuestionario de 23 preguntas, 20 ordinarias y 3 de reserva
y, en caso de anulación de una de las ordinarias, el Tribunal en el acuerdo de anulación
establecerá que puntúe la pregunta de reserva en lugar de la anulada.
1.4 Puntuación final de la fase de oposición. La puntuación final de las personas
aprobadas en la fase de oposición estará compuesta por la suma de las puntuaciones de
los tres ejercicios.
Finalizados los tres ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas las listas de
personas aprobadas, que incluirá, ordenadas de mayor a menor puntuación total
acumulada de los tres ejercicios, a las personas opositoras que hayan aprobado cada
uno de los ejercicios.
El número de personas aprobadas en la fase de oposición será el de las personas
que hayan superado la misma, aun cuando esta cifra exceda del número total de plazas
a cubrir.
1.5 Reserva de nota. Las personas aspirantes que hubieran superado la fase de
oposición en la convocatoria de la OEP 2017-2018, con una nota superior a la mínima
fijada, pero no hubieran obtenido plaza en el Cuerpo al que se presentaron, por no reunir
méritos suficientes en la fase de concurso de aquella convocatoria, quedarán exentos de
realizar en esta convocatoria los ejercicios de esta fase de oposición. Esta reserva solo
podrá reconocerse cuando la persona aspirante se presente por el mismo Cuerpo,
ámbito territorial, y turno (sistema general o turno de reserva), salvo que voluntariamente
se presente en la nueva convocatoria para obtener mejor nota. En este caso, si la nota
obtenida fuese inferior o no superase la fase de oposición, se le reservará la nota de la
oposición de la convocatoria de la OEP 2017-18.
III.b)

Fase de concurso

En la fase de concurso se valorarán los méritos que aporten las personas opositoras
que hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición, según el baremo
establecido en este anexo. La puntuación máxima en la fase de concurso será de 67
puntos.
El Ministerio de Justicia facilitará a las personas aspirantes que hubieran superado la
fase de oposición un modelo de «autoevaluación» de la fase de concurso.
La persona aspirante que no aporte méritos o éstos no sean evaluables de acuerdo
con el referido baremo, será calificada con cero puntos en esta fase.
La acreditación del tiempo de servicios prestados como funcionarios interinos en la
Administración de Justicia, en el ámbito del Ministerio de Justicia, se aportará de oficio
por el órgano competente. No obstante, cuando la persona aspirante aporte méritos
como personal interino en distintos territorios de aquel por que se presenta, podrá

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Núm. 313