II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2022-23792)
Orden JUS/1324/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el turno libre, al Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, por el sistema de concurso-oposición.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 191002

7.4 Embarazo de riesgo y parto, enfermedad grave y hospitalización. Si no se
pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo, parto,
enfermedad grave, hospitalización o cualquier otra circunstancia de carácter excepcional,
debidamente acreditados, deberá comunicarlo al Tribunal con suficiente antelación, y en
todo caso con anterioridad a la realización del ejercicio, de modo que sean valorados por
el Tribunal Calificador Único y la persona aspirante pueda ser convocada con
posterioridad, a través de la página web.
La situación de la persona aspirante quedará condicionada a la finalización de dicha
causa y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo
demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a
una resolución del proceso en tiempos razonables. En todo caso, la realización de las
mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan
superado el proceso selectivo, realizándose un solo ejercicio común para todas estas
situaciones.
7.5 Propuesta de personas aspirantes aprobadas. Finalizado el proceso selectivo,
el Tribunal elevará al Ministerio de Justicia propuesta con la relación de personas que
superan la fase de concurso y de oposición para su nombramiento como personal
funcionario en prácticas cuyo número no podrá exceder el de plazas convocadas, que se
publicará en el «Boletín Oficial del Estado» con indicación del número de orden,
apellidos y nombre, DNI, puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios, y total de
todos los ejercicios obligatorios.
Las personas aspirantes que no se hallen incluidas en dicha relación, se entenderá
que no han superado el proceso selectivo y no podrán ser nombradas personal
funcionario en prácticas en este proceso.
8. Presentación de documentación
8.1 Quienes figuren en la relación definitiva de personas aprobadas, en el plazo de
diez días hábiles contados a partir de la publicación de ésta en el «Boletín Oficial del
Estado», presentarán en el Registro General del Ministerio de Justicia (calle Bolsa,
núm. 8, 28071 Madrid) por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
dirigidos a la Unidad EA0041037-Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos
Selectivos la documentación siguiente:
a) Solicitud de destino ajustada a los requerimientos que, en su caso, se
establezcan en la oferta publicada por el Ministerio de Justicia.
b) Las personas aspirantes que tengan la condición legal de persona con
discapacidad, con grado igual o superior al 33 por ciento deberán presentar certificación
de los órganos competentes que acredite tal condición (en caso de que ésta no se haya
acreditado con anterioridad) y su capacidad funcional para desempeñar las tareas y
funciones propias del Cuerpo por el que se presentaban.
c) Las personas aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, se hayan
opuesto a que sus datos de identidad personal y los referidos a sus titulaciones o
certificaciones académicas, puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano
instructor de este proceso selectivo deberán aportar también:
– Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.
– Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica
acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que le capacitan para la obtención
del mismo acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para
su expedición.
d) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse copia
auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.

cve: BOE-A-2022-23792
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Núm. 313