II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. (BOE-A-2022-23792)
Orden JUS/1324/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el turno libre, al Cuerpo Especial de Técnicos Especialistas del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, por el sistema de concurso-oposición.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191003
8.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones
exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.
8.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren
la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos establecidos, no podrán ser nombrados o nombradas personal funcionario,
quedarán anuladas sus actuaciones, decayendo sus derechos, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes antes
de su nombramiento como personal funcionario de carrera, el Ministerio de Justicia
requerirá al Tribunal Calificador Único, relación complementaria de personas aspirantes
que, habiendo aprobado todos los ejercicios, sigan a los propuestos hasta completar el
total de plazas convocadas.
En este supuesto, las personas aspirantes incluidas en esta relación complementaria
deberán presentar la documentación acreditativa, que se detalla en esta misma base, en
un plazo no superior a cinco días hábiles, desde su publicación en la página web del
Ministerio de Justicia.
8.4 Comprobado que las personas aspirantes, cuyo número no podrá superar al de
plazas convocadas en cada cuerpo y, en su caso, especialidad, reúnen los requisitos de
la base cuarta de la presente convocatoria serán nombradas personal funcionario en
prácticas, mediante resolución de la autoridad competente del Ministerio de Justicia que
será publicada en su página web, convocándolas a la realización del curso selectivo.
9.
Periodo de prácticas
10.
Nombramiento como personal Funcionario de Carrera
Superado el periodo de prácticas y comprobado que las personas aspirantes, cuyo
número no podrá superar al de plazas convocadas, reúnen los requisitos de la base
cuarta de la presente convocatoria, serán nombradas personal funcionario de carrera,
mediante Orden del Ministerio de Justicia, que será publicada en el «Boletín Oficial del
Estado» y contendrá la indicación del destino adjudicado.
cve: BOE-A-2022-23792
Verificable en https://www.boe.es
9.1 El personal funcionario en prácticas será destinado al centro, instituto o servicio
de destino, que el Ministerio de Justicia determine, para el desarrollo de las mismas.
9.2 Finalizado el periodo de prácticas continuarán prestando servicios como
personal funcionario en prácticas hasta su nombramiento definitivo como personal
funcionario de carrera en el mismo instituto o centro donde hayan realizado las prácticas.
Las personas aspirantes que se encuentren en activo como personal funcionario
interino del Cuerpo de Técnicos Especialistas del INTCF que hayan prestado servicios
efectivos en este Cuerpo al menos por un año continuado durante el año anterior a esta
convocatoria o por más de dieciocho meses en los últimos cinco años, quedarán exentos
de la realización de la fase de prácticas tuteladas en los centros designados, que les
serán convalidadas con la calificación de apto, y continuarán prestando servicios en el
puesto de origen hasta su nombramiento como personal funcionario de carrera.
9.3 El personal funcionario en prácticas tiene los derechos y deberes que se
recogen en el artículo 25 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de
Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre (BOE del 27 de
diciembre).
9.4 Con una antelación de al menos veinte días hábiles a la fecha prevista de
finalización del periodo de prácticas, el Ministerio de Justicia hará pública la relación de
las plazas disponibles en cada delegación del INTCF y se abrirá un plazo de cinco días
naturales para que los aspirantes formulen solicitud de destino con los requerimientos
que en su caso se haya establecido en dicha Oferta.
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191003
8.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones
exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.
8.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren
la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos establecidos, no podrán ser nombrados o nombradas personal funcionario,
quedarán anuladas sus actuaciones, decayendo sus derechos, sin perjuicio de la
responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes antes
de su nombramiento como personal funcionario de carrera, el Ministerio de Justicia
requerirá al Tribunal Calificador Único, relación complementaria de personas aspirantes
que, habiendo aprobado todos los ejercicios, sigan a los propuestos hasta completar el
total de plazas convocadas.
En este supuesto, las personas aspirantes incluidas en esta relación complementaria
deberán presentar la documentación acreditativa, que se detalla en esta misma base, en
un plazo no superior a cinco días hábiles, desde su publicación en la página web del
Ministerio de Justicia.
8.4 Comprobado que las personas aspirantes, cuyo número no podrá superar al de
plazas convocadas en cada cuerpo y, en su caso, especialidad, reúnen los requisitos de
la base cuarta de la presente convocatoria serán nombradas personal funcionario en
prácticas, mediante resolución de la autoridad competente del Ministerio de Justicia que
será publicada en su página web, convocándolas a la realización del curso selectivo.
9.
Periodo de prácticas
10.
Nombramiento como personal Funcionario de Carrera
Superado el periodo de prácticas y comprobado que las personas aspirantes, cuyo
número no podrá superar al de plazas convocadas, reúnen los requisitos de la base
cuarta de la presente convocatoria, serán nombradas personal funcionario de carrera,
mediante Orden del Ministerio de Justicia, que será publicada en el «Boletín Oficial del
Estado» y contendrá la indicación del destino adjudicado.
cve: BOE-A-2022-23792
Verificable en https://www.boe.es
9.1 El personal funcionario en prácticas será destinado al centro, instituto o servicio
de destino, que el Ministerio de Justicia determine, para el desarrollo de las mismas.
9.2 Finalizado el periodo de prácticas continuarán prestando servicios como
personal funcionario en prácticas hasta su nombramiento definitivo como personal
funcionario de carrera en el mismo instituto o centro donde hayan realizado las prácticas.
Las personas aspirantes que se encuentren en activo como personal funcionario
interino del Cuerpo de Técnicos Especialistas del INTCF que hayan prestado servicios
efectivos en este Cuerpo al menos por un año continuado durante el año anterior a esta
convocatoria o por más de dieciocho meses en los últimos cinco años, quedarán exentos
de la realización de la fase de prácticas tuteladas en los centros designados, que les
serán convalidadas con la calificación de apto, y continuarán prestando servicios en el
puesto de origen hasta su nombramiento como personal funcionario de carrera.
9.3 El personal funcionario en prácticas tiene los derechos y deberes que se
recogen en el artículo 25 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de
Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre (BOE del 27 de
diciembre).
9.4 Con una antelación de al menos veinte días hábiles a la fecha prevista de
finalización del periodo de prácticas, el Ministerio de Justicia hará pública la relación de
las plazas disponibles en cada delegación del INTCF y se abrirá un plazo de cinco días
naturales para que los aspirantes formulen solicitud de destino con los requerimientos
que en su caso se haya establecido en dicha Oferta.