II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. (BOE-A-2022-23787)
Orden JUS/1319/2022, de 27 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre al Cuerpo de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia por el sistema de concurso oposición.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 190882
necesariamente los miembros presentes y las motivaciones de las decisiones del
tribunal.
6.7 En lo no previsto expresamente en la presente convocatoria, los actos de
trámite y resoluciones adoptados por los Tribunales que impidan continuar el
procedimiento o produzcan indefensión, podrán ser impugnados mediante recurso de
alzada ante la Ministra de Justicia, en los plazos que establece la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los tribunales tendrán su
sede en el Ministerio de Justicia, calle San Bernardo, n.º 19, 28071 Madrid, teléfono 902
007 214. Las comunicaciones por correo electrónico se realizarán a la siguiente
dirección: seleccion.laj@mjusticia.es.
6.9 Los acuerdos de los tribunales en relación con el desarrollo del proceso
selectivo se remitirán al Centro de Estudios Jurídicos.
7.
Desarrollo del proceso selectivo
7.1 Duración del proceso selectivo. El proceso selectivo deberá finalizar antes
del 31 de diciembre de 2024, conforme a lo previsto en la Ley 20/2021. Sin perjuicio de
este plazo legal, el resto de plazos fijados para el proceso selectivo podrán ser objeto de
modificación, si concurre causa objetiva que lo justifique, apreciada por la Secretaría
General de la Administración de Justicia, oído el tribunal número uno.
7.2 Fase de oposición. Todas las personas admitidas en las listas definitivas serán
convocadas a la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición en el «Boletín
Oficial del Estado», siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan y sin
perjuicio de su derecho de ser valorados en el proceso de concurso. Los ejercicios
tendrán lugar en Madrid.
El tribunal hará pública en la página web del Ministerio la lista de personas
aprobadas del primer ejercicio, informando de la fecha en la que se iniciará el desarrollo
del segundo ejercicio.
Si alguna de las personas convocadas, en cualquier momento de la fase de
oposición, no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo,
parto, enfermedad grave, hospitalización o cualquier otra circunstancia de carácter
excepcional, debidamente acreditados, deberá comunicarlo al tribunal con la suficiente
antelación, y en todo caso, con anterioridad a la realización del ejercicio, de modo que
sean valorados por el tribunal uno y pueda ser convocada con posterioridad.
La situación la persona aspirante quedará condicionada a la finalización de dicha
causa y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo
demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de personas
aspirantes a una resolución del proceso en tiempos razonables. En todo caso, la
realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes
que hayan superado el proceso selectivo.
7.3 Aportación y valoración de méritos. Terminados los ejercicios de carácter
teórico de la fase de oposición establecidos en el anexo I, el tribunal hará pública en el
Servicio de Información del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es), y en el punto
de acceso general www.administracion.gob.es, la relación de personas aspirantes que la
hayan superado, con indicación de la puntuación resultante en cada uno de los ejercicios
y se dictará resolución otorgando el plazo de diez días hábiles para presentar por el
medio electrónico habilitado la documentación acreditativa, en original o copia auténtica,
únicamente de los méritos indicados en el anexo IV. El medio electrónico habilitado
realizará la autovaloración de los méritos alegados y acreditados sin perjuicio de la
revisión que pudiera realizar el tribunal de acuerdo con lo establecido en la presente
orden.
Los méritos computables serán los causados hasta la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes.
cve: BOE-A-2022-23787
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 190882
necesariamente los miembros presentes y las motivaciones de las decisiones del
tribunal.
6.7 En lo no previsto expresamente en la presente convocatoria, los actos de
trámite y resoluciones adoptados por los Tribunales que impidan continuar el
procedimiento o produzcan indefensión, podrán ser impugnados mediante recurso de
alzada ante la Ministra de Justicia, en los plazos que establece la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los tribunales tendrán su
sede en el Ministerio de Justicia, calle San Bernardo, n.º 19, 28071 Madrid, teléfono 902
007 214. Las comunicaciones por correo electrónico se realizarán a la siguiente
dirección: seleccion.laj@mjusticia.es.
6.9 Los acuerdos de los tribunales en relación con el desarrollo del proceso
selectivo se remitirán al Centro de Estudios Jurídicos.
7.
Desarrollo del proceso selectivo
7.1 Duración del proceso selectivo. El proceso selectivo deberá finalizar antes
del 31 de diciembre de 2024, conforme a lo previsto en la Ley 20/2021. Sin perjuicio de
este plazo legal, el resto de plazos fijados para el proceso selectivo podrán ser objeto de
modificación, si concurre causa objetiva que lo justifique, apreciada por la Secretaría
General de la Administración de Justicia, oído el tribunal número uno.
7.2 Fase de oposición. Todas las personas admitidas en las listas definitivas serán
convocadas a la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición en el «Boletín
Oficial del Estado», siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan y sin
perjuicio de su derecho de ser valorados en el proceso de concurso. Los ejercicios
tendrán lugar en Madrid.
El tribunal hará pública en la página web del Ministerio la lista de personas
aprobadas del primer ejercicio, informando de la fecha en la que se iniciará el desarrollo
del segundo ejercicio.
Si alguna de las personas convocadas, en cualquier momento de la fase de
oposición, no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo,
parto, enfermedad grave, hospitalización o cualquier otra circunstancia de carácter
excepcional, debidamente acreditados, deberá comunicarlo al tribunal con la suficiente
antelación, y en todo caso, con anterioridad a la realización del ejercicio, de modo que
sean valorados por el tribunal uno y pueda ser convocada con posterioridad.
La situación la persona aspirante quedará condicionada a la finalización de dicha
causa y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo
demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de personas
aspirantes a una resolución del proceso en tiempos razonables. En todo caso, la
realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes
que hayan superado el proceso selectivo.
7.3 Aportación y valoración de méritos. Terminados los ejercicios de carácter
teórico de la fase de oposición establecidos en el anexo I, el tribunal hará pública en el
Servicio de Información del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es), y en el punto
de acceso general www.administracion.gob.es, la relación de personas aspirantes que la
hayan superado, con indicación de la puntuación resultante en cada uno de los ejercicios
y se dictará resolución otorgando el plazo de diez días hábiles para presentar por el
medio electrónico habilitado la documentación acreditativa, en original o copia auténtica,
únicamente de los méritos indicados en el anexo IV. El medio electrónico habilitado
realizará la autovaloración de los méritos alegados y acreditados sin perjuicio de la
revisión que pudiera realizar el tribunal de acuerdo con lo establecido en la presente
orden.
Los méritos computables serán los causados hasta la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes.
cve: BOE-A-2022-23787
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313