II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia. (BOE-A-2022-23787)
Orden JUS/1319/2022, de 27 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre al Cuerpo de Letradas y Letrados de la Administración de Justicia por el sistema de concurso oposición.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 190875
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE JUSTICIA
23787
Orden JUS/1319/2022, de 27 de diciembre, por la que se convoca proceso
selectivo extraordinario para acceso por el turno libre al Cuerpo de Letradas y
Letrados de la Administración de Justicia por el sistema de concurso
oposición.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, por el
que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en
la Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el Real Decreto 1608/2005, de 30 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo de Secretarios Judiciales,
acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Letradas y Letrados
de la Administración de Justicia.
La presente convocatoria ha sido objeto de negociación en la mesa sectorial de la
Administración de Justicia y ha sido autorizada por la Dirección General de Función
Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
La Ley 20/2021 de 28 de diciembre, introdujo una serie de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público, con el objetivo de reforzar el carácter
temporal de la figura del personal interino, aclarar los procedimientos de acceso a la
condición de personal interino, objetivar las causas de cese de este personal e implantar
un régimen de responsabilidades disuasorio de futuros incumplimientos.
A tal fin la Ley 20/2021 posibilita tanto el procedimiento de concurso-oposición como
el procedimiento extraordinario de concurso, en este último caso, en cumplimiento de
sus disposiciones adiciones 6.ª y 8.ª Por otra parte, la referida Ley 20/2021 ha
establecido también el mandato a las distintas Administraciones Públicas de asegurar el
cumplimiento de los plazos de ejecución de los procesos selectivos, mediante la
adopción de medidas apropiadas para la agilización de su desarrollo, tales como la
reducción de plazos, la digitalización de los procesos o la acumulación de pruebas en un
mismo ejercicio, entre otras.
La presente convocatoria regula el procedimiento extraordinario de estabilización a
que se refieren el artículo 2 de la Ley 20/2021, que se desarrollará por el sistema
selectivo del concurso-oposición debiendo garantizarse, en todo caso, los principios de
libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad. A la vez, se prevén medidas
tendentes a la agilización del proceso, de modo que, convocándose antes de finalizar el
año 2022, esté resuelto antes del 31 de diciembre de 2024, como prevé la citada Ley.
En la fase de concurso, siguiendo el mandato de la Ley 20/2021, los méritos objeto
de baremación son equivalentes a otros procesos de estabilización anteriores,
adaptándose al mandato legal de que la experiencia en el mismo cuerpo será el mérito
mayoritario, dentro de los parámetros que la jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo,
siguiendo la doctrina constitucional, ha fijado. Además, se establecen topes temporales a
los distintos méritos. Así, los cursos de formación se limitan a los 10 últimos años, los
ejercicios aprobados a las últimas cinco convocatorias y, en relación a la experiencia,
cve: BOE-A-2022-23787
Verificable en https://www.boe.es
Justificación de la convocatoria
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 190875
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
MINISTERIO DE JUSTICIA
23787
Orden JUS/1319/2022, de 27 de diciembre, por la que se convoca proceso
selectivo extraordinario para acceso por el turno libre al Cuerpo de Letradas y
Letrados de la Administración de Justicia por el sistema de concurso
oposición.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, por el
que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en
la Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de
diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo
público, este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el Real Decreto 1608/2005, de 30 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo de Secretarios Judiciales,
acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Letradas y Letrados
de la Administración de Justicia.
La presente convocatoria ha sido objeto de negociación en la mesa sectorial de la
Administración de Justicia y ha sido autorizada por la Dirección General de Función
Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
La Ley 20/2021 de 28 de diciembre, introdujo una serie de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público, con el objetivo de reforzar el carácter
temporal de la figura del personal interino, aclarar los procedimientos de acceso a la
condición de personal interino, objetivar las causas de cese de este personal e implantar
un régimen de responsabilidades disuasorio de futuros incumplimientos.
A tal fin la Ley 20/2021 posibilita tanto el procedimiento de concurso-oposición como
el procedimiento extraordinario de concurso, en este último caso, en cumplimiento de
sus disposiciones adiciones 6.ª y 8.ª Por otra parte, la referida Ley 20/2021 ha
establecido también el mandato a las distintas Administraciones Públicas de asegurar el
cumplimiento de los plazos de ejecución de los procesos selectivos, mediante la
adopción de medidas apropiadas para la agilización de su desarrollo, tales como la
reducción de plazos, la digitalización de los procesos o la acumulación de pruebas en un
mismo ejercicio, entre otras.
La presente convocatoria regula el procedimiento extraordinario de estabilización a
que se refieren el artículo 2 de la Ley 20/2021, que se desarrollará por el sistema
selectivo del concurso-oposición debiendo garantizarse, en todo caso, los principios de
libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad. A la vez, se prevén medidas
tendentes a la agilización del proceso, de modo que, convocándose antes de finalizar el
año 2022, esté resuelto antes del 31 de diciembre de 2024, como prevé la citada Ley.
En la fase de concurso, siguiendo el mandato de la Ley 20/2021, los méritos objeto
de baremación son equivalentes a otros procesos de estabilización anteriores,
adaptándose al mandato legal de que la experiencia en el mismo cuerpo será el mérito
mayoritario, dentro de los parámetros que la jurisprudencia de nuestro Tribunal Supremo,
siguiendo la doctrina constitucional, ha fijado. Además, se establecen topes temporales a
los distintos méritos. Así, los cursos de formación se limitan a los 10 últimos años, los
ejercicios aprobados a las últimas cinco convocatorias y, en relación a la experiencia,
cve: BOE-A-2022-23787
Verificable en https://www.boe.es
Justificación de la convocatoria