III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuestos. (BOE-A-2022-24386)
Orden HFP/1336/2022, de 28 de diciembre, por la que se modifica la Orden HAC/177/2020, de 27 de febrero, por la que se aprueba el modelo 140, de solicitud del abono anticipado de la deducción por maternidad del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se regula la comunicación de variaciones que afecten al derecho a su abono anticipado y otra normativa tributaria.
<< 7 << Página 7
Página 8 Pág. 8
-
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313

Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 192945

Fecha de nacimiento: Se consignará, con formato dd-mm-aaaa, la fecha de
nacimiento del menor o descendiente.
Fecha de adopción, acogimiento o delegación de guarda para la convivencia
preadoptiva: Se cumplimentará únicamente en los supuestos en que el menor que
genere el derecho a la deducción por maternidad sea:
– Adoptado, en cuyo caso, se indicará (con formato dd-mm-aaaa) la fecha de
inscripción de la adopción en el Registro Civil; o bien
– se encuentre en régimen de acogimiento o delegación de guarda para la
convivencia preadoptiva, en cuyo caso se deberá consignar (con formato dd-mm-aaaa),
la fecha de la resolución administrativa o judicial.
Tratándose de un hijo adoptado que previamente hubiera estado acogido o en
régimen de delegación de guarda para la convivencia preadoptiva, únicamente se hará
constar la fecha del acogimiento o delegación de guarda.
Contenidos para el pago
Cuenta Bancaria.

cve: BOE-A-2022-24386
Verificable en https://www.boe.es

Se consignará el identificador único de la cuenta, código internacional de cuenta
bancaria (IBAN) de la que el solicitante sea titular y en la que desee recibir por
transferencia el abono anticipado de la deducción.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X