II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2022-23803)
Orden HFP/1332/2022, de 23 de diciembre, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema de promoción interna, a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría Superior, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022
4.
Sec. II.B. Pág. 191263
Proceso selectivo
El proceso selectivo se realizará mediante prueba de aptitud o concurso de méritos,
con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
5.
Desarrollo del proceso selectivo
5.1 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «U», de conformidad con lo
previsto en la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Función
Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
(«Boletín Oficial del Estado» de 13 de mayo).
5.2 Las personas aspirantes serán convocadas a la prueba de aptitud en
llamamiento único quedando decaídos en su derecho quienes no comparezcan a
realizarlo, sin perjuicio de lo dispuesto en la base específica 9.
5.3 Según lo establecido por la Oferta de Empleo Público para el año 2021 y 2022,
el concurso de méritos tendrá que celebrarse en el plazo máximo de tres meses,
contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado», sin perjuicio de que pueda acordarse su ampliación. En atención al elevado
número de plazas ofertadas y del número previsto de solicitudes de participación en el
proceso selectivo convocado por esta Orden, se amplía el citado plazo en un mes y
medio. La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición del proceso
selectivo es de doce meses. Con el fin de respetar los principios de publicidad,
transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo
público, se publicará un cronograma orientativo con las fechas de realización de la
prueba de aptitud relativa a este proceso selectivo.
Se advierte que, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.4 del Real
Decreto 636/2021, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para
el año 2021, y en el artículo 3.4 del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se
aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, el desarrollo de los diferentes
procesos selectivos podrá ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases,
incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, periodos de
prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera.
5.4 En cualquier momento del proceso selectivo los órganos de selección podrán
requerir a las personas aspirantes para que acrediten su identidad.
5.5 Si en cualquier momento del proceso selectivo llegara a conocimiento de los
órganos de selección que alguna de las personas aspirantes no cumple todos los
requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona
interesada, deberá proponer su exclusión a la persona titular de la Dirección del Instituto
Nacional de Administración Pública, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas
por la persona aspirante en la solicitud de admisión a estas pruebas selectivas, a los
efectos procedentes.
5.6 Una vez llevadas a cabo las valoraciones de aquellos solicitantes que hayan
optado por el concurso de méritos y finalizada la prueba de aptitud, el Tribunal
Calificador hará pública, en la sede del Instituto Nacional de Administración Pública
señalada en la base 12.6 y en las direcciones de Internet señaladas en la base 10, la
relación de las personas aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para
superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
5.7 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos dispuesto
en esta convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la subescala de
Intervención-Tesorería, categoría superior, de la Escala de funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional.
5.8 El Tribunal Calificador adoptará las medidas necesarias para garantizar que la
prueba de aptitud, que será corregida directamente por el Tribunal, sea corregida sin que
se conozca la identidad de las personas aspirantes, utilizando para ello modelos
cve: BOE-A-2022-23803
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
4.
Sec. II.B. Pág. 191263
Proceso selectivo
El proceso selectivo se realizará mediante prueba de aptitud o concurso de méritos,
con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
5.
Desarrollo del proceso selectivo
5.1 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente
por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «U», de conformidad con lo
previsto en la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Función
Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
(«Boletín Oficial del Estado» de 13 de mayo).
5.2 Las personas aspirantes serán convocadas a la prueba de aptitud en
llamamiento único quedando decaídos en su derecho quienes no comparezcan a
realizarlo, sin perjuicio de lo dispuesto en la base específica 9.
5.3 Según lo establecido por la Oferta de Empleo Público para el año 2021 y 2022,
el concurso de méritos tendrá que celebrarse en el plazo máximo de tres meses,
contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado», sin perjuicio de que pueda acordarse su ampliación. En atención al elevado
número de plazas ofertadas y del número previsto de solicitudes de participación en el
proceso selectivo convocado por esta Orden, se amplía el citado plazo en un mes y
medio. La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición del proceso
selectivo es de doce meses. Con el fin de respetar los principios de publicidad,
transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo
público, se publicará un cronograma orientativo con las fechas de realización de la
prueba de aptitud relativa a este proceso selectivo.
Se advierte que, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.4 del Real
Decreto 636/2021, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para
el año 2021, y en el artículo 3.4 del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se
aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, el desarrollo de los diferentes
procesos selectivos podrá ser coincidente en el tiempo, en cualquiera de sus fases,
incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, periodos de
prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera.
5.4 En cualquier momento del proceso selectivo los órganos de selección podrán
requerir a las personas aspirantes para que acrediten su identidad.
5.5 Si en cualquier momento del proceso selectivo llegara a conocimiento de los
órganos de selección que alguna de las personas aspirantes no cumple todos los
requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona
interesada, deberá proponer su exclusión a la persona titular de la Dirección del Instituto
Nacional de Administración Pública, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas
por la persona aspirante en la solicitud de admisión a estas pruebas selectivas, a los
efectos procedentes.
5.6 Una vez llevadas a cabo las valoraciones de aquellos solicitantes que hayan
optado por el concurso de méritos y finalizada la prueba de aptitud, el Tribunal
Calificador hará pública, en la sede del Instituto Nacional de Administración Pública
señalada en la base 12.6 y en las direcciones de Internet señaladas en la base 10, la
relación de las personas aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para
superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
5.7 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos dispuesto
en esta convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la subescala de
Intervención-Tesorería, categoría superior, de la Escala de funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional.
5.8 El Tribunal Calificador adoptará las medidas necesarias para garantizar que la
prueba de aptitud, que será corregida directamente por el Tribunal, sea corregida sin que
se conozca la identidad de las personas aspirantes, utilizando para ello modelos
cve: BOE-A-2022-23803
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313