II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2022-23798)
Orden HFP/1328/2022, de 23 de diciembre, por la que se convoca el proceso selectivo en el marco de la estabilización del empleo temporal, a la subescala de Secretaría, categoría de Entrada, para el acceso a la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191132
5.6 Concluido el proceso selectivo, el Tribunal Calificador hará públicas, en la sede
del Instituto Nacional de Administración Pública señalada en la base 13.7 y en las
direcciones de Internet señaladas en la base 11, la relación de personas aspirantes que
hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación
obtenida.
5.7 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos dispuesto
en esta convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la subescala de Secretaría,
categoría de entrada, de la Escala de funcionarios de Administración local con
habilitación de carácter nacional.
5.8 Las personas aspirantes que concurran simultáneamente al sistema de
concurso-oposición y al sistema de concurso para el acceso por estabilización del
empleo temporal a la subescala de Secretaría, categoría de entrada y que resulten
publicados en la relación de personas aspirantes aprobados en uno de los dos sistemas,
quedarán automáticamente excluidos del otro sistema, por lo que no podrán resultar
aprobados en ambos sistemas.
6.
Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de
esta convocatoria.
7. Requisitos de las personas aspirantes
7.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, las personas
aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1.º Nacionalidad: tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el
anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre el acceso al empleo público de
la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros
Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
2.º Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones
que se deriven del puesto por desempeñar.
3.º Edad: tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad
máxima de jubilación forzosa.
4.º Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los organismos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso a la Escala de funcionarios Administración local con habilitación de
carácter nacional.
5.º Titulación: estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o
en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de
instancias: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, según lo previsto en el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para el ingreso en los cuerpos o escalas
clasificados en el subgrupo A1.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
Este requisito no será de aplicación a aquellas personas aspirantes que hubieran
obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las
profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
7.2 Las personas aspirantes deberán poseer, en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como
funcionario/a de carrera, los requisitos exigidos.
cve: BOE-A-2022-23798
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 191132
5.6 Concluido el proceso selectivo, el Tribunal Calificador hará públicas, en la sede
del Instituto Nacional de Administración Pública señalada en la base 13.7 y en las
direcciones de Internet señaladas en la base 11, la relación de personas aspirantes que
hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación
obtenida.
5.7 Se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos dispuesto
en esta convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la subescala de Secretaría,
categoría de entrada, de la Escala de funcionarios de Administración local con
habilitación de carácter nacional.
5.8 Las personas aspirantes que concurran simultáneamente al sistema de
concurso-oposición y al sistema de concurso para el acceso por estabilización del
empleo temporal a la subescala de Secretaría, categoría de entrada y que resulten
publicados en la relación de personas aspirantes aprobados en uno de los dos sistemas,
quedarán automáticamente excluidos del otro sistema, por lo que no podrán resultar
aprobados en ambos sistemas.
6.
Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de
esta convocatoria.
7. Requisitos de las personas aspirantes
7.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, las personas
aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1.º Nacionalidad: tener la nacionalidad española conforme a lo establecido en el
anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre el acceso al empleo público de
la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros
Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
2.º Capacidad: poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones
que se deriven del puesto por desempeñar.
3.º Edad: tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad
máxima de jubilación forzosa.
4.º Habilitación: no haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los organismos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso a la Escala de funcionarios Administración local con habilitación de
carácter nacional.
5.º Titulación: estar en posesión de alguno de los siguientes títulos académicos o
en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de
instancias: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, según lo previsto en el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para el ingreso en los cuerpos o escalas
clasificados en el subgrupo A1.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en
posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del
correspondiente certificado de equivalencia.
Este requisito no será de aplicación a aquellas personas aspirantes que hubieran
obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las
profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
7.2 Las personas aspirantes deberán poseer, en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como
funcionario/a de carrera, los requisitos exigidos.
cve: BOE-A-2022-23798
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 313