III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2022-24414)
Orden ETD/1345/2022, de 28 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2022 para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas para la contratación de profesionales de la Transformación Digital en el marco de la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización de pymes 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU (Programa Agentes del Cambio).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 193222
2. El cumplimiento del objeto se vincula al de los objetivos CID 201, 205 y 209
conforme a lo establecido en el anexo de la Propuesta de Decisión de Ejecución del
Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia
de España (COM (2021) 322 final).
– Objetivo CID 201 (Plazo de vencimiento: T4 2022): Al menos el 30% del
presupuesto de 300.000.000 de euros comprometido, destinado a las pymes en el
Programa Agentes del Cambio. Las convocatorias de propuestas con pliegos de
condiciones incluirán criterios de admisibilidad que garanticen que los proyectos
seleccionados se ajustan a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del
principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18 de febrero de 2021, p.
1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la
legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.
– Objetivo CID 205 (Plazo de vencimiento: T4 2023): El 100% del presupuesto
de 300.000.000 de euros comprometido, adjudicado a pymes en el Programa Agentes
del Cambio. Se trata de un programa que pretende apoyar al menos a 15.000 pequeñas
y medianas empresas (de diez a 249 empleados) en sus procesos de transformación
digital. Los criterios de selección garantizarán la conformidad con lo dispuesto en la Guía
técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO
C 58 de 18 de febrero de 2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el
requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y
nacional. (valor de referencia: 31 de diciembre de 2022).
– Objetivo CID 209 (Plazo de vencimiento: T4 2025): Al menos 171.000 pymes
deberán haber completado acciones destinadas a aumentar su uso de las tecnologías
digitales, con el apoyo de los siguientes programas: Programa Agentes del Cambio,
Acelera PYME 2.0; Programa de Apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras y
Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (DIH). Las convocatorias de
propuestas con pliegos de condiciones incluirán criterios de admisibilidad que garanticen
que los proyectos seleccionados se ajustan a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la
aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18 de
febrero de 2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de
cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.
1) Programa Agentes del Cambio: se trata de un programa que apoyará al menos
a 15.000 pequeñas y medianas empresas (de diez a 249 empleados) en sus procesos
de transformación digital.
2) Programa Acelera Pyme 2.0: se trata de una acción en el marco de esta
inversión que ampliará la infraestructura de apoyo a la digitalización de las pymes con
servicios de asesoramiento y formación.
3) Programa de Apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras: dará apoyo
a proyectos de digitalización de la cadena de valor de los diferentes sectores
industriales, con el objetivo de modernizarlos e incluir a las pymes en la cadena de valor.
4) Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (DIH): es un programa que
ayuda a las empresas a ser más competitivas, a través de la mejora de sus procesos de
negocio y productivos a través del uso intensivo de las tecnologías digitales.
Normativa aplicable.
Las subvenciones previstas en la presente orden se sujetan a lo dispuesto en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
Las subvenciones se sujetarán también, a la normativa del Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia, en particular, al Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del
cve: BOE-A-2022-24414
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2.
Núm. 313
Viernes 30 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 193222
2. El cumplimiento del objeto se vincula al de los objetivos CID 201, 205 y 209
conforme a lo establecido en el anexo de la Propuesta de Decisión de Ejecución del
Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia
de España (COM (2021) 322 final).
– Objetivo CID 201 (Plazo de vencimiento: T4 2022): Al menos el 30% del
presupuesto de 300.000.000 de euros comprometido, destinado a las pymes en el
Programa Agentes del Cambio. Las convocatorias de propuestas con pliegos de
condiciones incluirán criterios de admisibilidad que garanticen que los proyectos
seleccionados se ajustan a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación del
principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18 de febrero de 2021, p.
1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de cumplimiento de la
legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.
– Objetivo CID 205 (Plazo de vencimiento: T4 2023): El 100% del presupuesto
de 300.000.000 de euros comprometido, adjudicado a pymes en el Programa Agentes
del Cambio. Se trata de un programa que pretende apoyar al menos a 15.000 pequeñas
y medianas empresas (de diez a 249 empleados) en sus procesos de transformación
digital. Los criterios de selección garantizarán la conformidad con lo dispuesto en la Guía
técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO
C 58 de 18 de febrero de 2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el
requisito de cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y
nacional. (valor de referencia: 31 de diciembre de 2022).
– Objetivo CID 209 (Plazo de vencimiento: T4 2025): Al menos 171.000 pymes
deberán haber completado acciones destinadas a aumentar su uso de las tecnologías
digitales, con el apoyo de los siguientes programas: Programa Agentes del Cambio,
Acelera PYME 2.0; Programa de Apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras y
Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (DIH). Las convocatorias de
propuestas con pliegos de condiciones incluirán criterios de admisibilidad que garanticen
que los proyectos seleccionados se ajustan a lo dispuesto en la Guía técnica sobre la
aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18 de
febrero de 2021, p. 1) mediante el uso de una lista de exclusión y el requisito de
cumplimiento de la legislación medioambiental pertinente de la UE y nacional.
1) Programa Agentes del Cambio: se trata de un programa que apoyará al menos
a 15.000 pequeñas y medianas empresas (de diez a 249 empleados) en sus procesos
de transformación digital.
2) Programa Acelera Pyme 2.0: se trata de una acción en el marco de esta
inversión que ampliará la infraestructura de apoyo a la digitalización de las pymes con
servicios de asesoramiento y formación.
3) Programa de Apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras: dará apoyo
a proyectos de digitalización de la cadena de valor de los diferentes sectores
industriales, con el objetivo de modernizarlos e incluir a las pymes en la cadena de valor.
4) Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs (DIH): es un programa que
ayuda a las empresas a ser más competitivas, a través de la mejora de sus procesos de
negocio y productivos a través del uso intensivo de las tecnologías digitales.
Normativa aplicable.
Las subvenciones previstas en la presente orden se sujetan a lo dispuesto en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
Las subvenciones se sujetarán también, a la normativa del Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia, en particular, al Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del
cve: BOE-A-2022-24414
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2.