III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Becas. (BOE-A-2022-24395)
Orden APA/1340/2022, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Orden APA/511/2019, de 26 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación práctica para titulados universitarios, en distintas materias del ámbito del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y sus Organismos Autónomos, y por la que se efectúan tres convocatorias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 30 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 193035

Paseo Infanta Isabel, 1 28071 Madrid.
ANEXO 3
Declaración
Don/Doña con ................................................................................................................
NIF/NIE ..........................................................................................................................
En relación con las becas de formación práctica en el ámbito de los laboratorios de
sanidad animal, de genética molecular y de sanidad vegetal, dependientes de la
Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, para titulados superiores.
DECLARA que no percibe otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad,
procedentes de otras Administraciones Públicas, entes públicos adscritos o
dependientes de las mismas, tanto nacionales como internacionales, o de otras personas
físicas o jurídicas de naturaleza privada, y que comunicará al Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación cualquier obtención de una subvención o ayuda de tal
característica.
En ................................ a ...... de ................................. de .........
Firma:
Sr. Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Paseo Infanta Isabel, 1 28071 Madrid.
Disposición adicional segunda. Convocatoria de becas de formación práctica para
titulados universitarios en el ámbito de las producciones y mercados agrarios.
Se convocan para el ejercicio 2023, por tramitación anticipada, diez becas de
formación práctica para titulados universitarios en el ámbito de las producciones y
mercados agrarios, de acuerdo con los dispuesto en los siguientes apartados:
Primero. Objeto y finalidad.
1. El objeto de la presente orden es convocar, en régimen de concurrencia
competitiva con carácter anticipado para el ejercicio 2023, conforme al artículo 56 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y de acuerdo con lo establecido por
la Orden APA/511/2019, de 26 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de becas de formación práctica para titulados universitarios en
distintas materias del ámbito del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y sus
Organismos Autónomos, diez becas de formación práctica en el área de las
producciones y mercados agrarios, artículo 1.e) a la que podrán concurrir quienes
posean alguna de las titulaciones previstas en el artículo 19.3 de dicha orden y al
dispositivo cuatro de esta convocatoria.
2. La finalidad de las becas es promover la formación y el perfeccionamiento
técnico-profesional en las áreas de conocimiento siguientes:
a) Ordenación y fomento de la producción ganadera.
b) Ordenación y fomento de la producción agrícola en los sectores de Frutas y
Hortalizas, Plantas Vivas, y Vitivinicultura.
c) Ordenación y fomento de la producción agrícola en los sectores de Cultivos
Herbáceos e Industriales y Aceite de Oliva.
d) Medios de producción ganaderos.
e) Medios de producción agrícolas y variedades vegetales.

cve: BOE-A-2022-24395
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Núm. 313