II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Personal laboral. (BOE-A-2022-23086)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización del empleo temporal en el grupo profesional M2 especialidad Enfermería.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 189296
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo y valoración
I.
Proceso selectivo
El proceso selectivo se llevará a cabo mediante el procedimiento de concurso de
valoración de méritos, que consistirá en la valoración de los siguientes méritos: méritos
profesionales y méritos académicos y de superación de ejercicios selectivos.
La certificación de méritos profesionales deberá realizarse según el modelo incluido
como anexo V a esta resolución.
Finalizada la fase de concurso el Tribunal hará pública la relación de aprobados por
orden de puntuación en el tablón de anuncios de la sede del Tribunal, así como en los
lugares de publicación citados con anterioridad. Dicha relación se publicará mediante
Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo el aspirante propuesto de un
plazo de veinte días hábiles, desde la publicación oficial, para presentar la
documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
II.
Valoración
La puntuación máxima a alcanzar será de 100 puntos.
1. Méritos profesionales. supondrá el 60 % de la puntuación, valorándose los
servicios efectivos prestados hasta la fecha de publicación de la convocatoria:
a) Se asignará a cada mes completo de servicios efectivos prestados en el ámbito
de la Administración General del Estado y sus Organismos Dependientes como personal
laboral en la misma clasificación profesional a la que se pretende acceder, una
puntuación de 0,5 puntos hasta un máximo de 60 puntos.
b) Se asignará a cada mes completo de servicios efectivos al tiempo de servicios
prestados como empleados y empleadas públicos con funciones equivalentes a las de la
categoría profesional objeto de la estabilización, en otros ámbitos, incluidas las
Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión Europea, así como en la
Administración Pública de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se define en el
Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, una puntuación de 0,25 puntos hasta un
máximo de 30 puntos
2. Méritos académicos y de superación de ejercicios selectivos. Supondrá el 40 %
de la puntuación.
a) Por la superación en los últimos cinco años, a computar desde la publicación de
la convocatoria, de uno o más ejercicios integrantes de los procesos selectivos para el
acceso al mismo nivel de clasificación profesional, se otorgarán 2 puntos.
En el caso de que dichas convocatorias no se hayan celebrado en los últimos cinco
años, la puntuación de este apartado se sumará a partes iguales a la prevista en los
siguientes apartados b).
b) Por la realización de cursos de formación y perfeccionamiento en los diez años
anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria se otorgará un máximo de 13
puntos, esta puntuación se otorgará de la siguiente forma:
a. 5 puntos por cada curso recibido en materias relacionadas con primeros auxilios
y emergencias sanitarias, de una duración igual o superior a 15 horas.
b. 2,5 puntos por cada curso recibido en otras materias relacionadas con las
funciones del puesto, de una duración igual o superior a quince horas.
c. 5 puntos por cada curso impartido en materias relacionadas con primeros
auxilios y emergencias sanitarias, con un mínimo de dos horas de impartición.
cve: BOE-A-2022-23086
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 189296
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo y valoración
I.
Proceso selectivo
El proceso selectivo se llevará a cabo mediante el procedimiento de concurso de
valoración de méritos, que consistirá en la valoración de los siguientes méritos: méritos
profesionales y méritos académicos y de superación de ejercicios selectivos.
La certificación de méritos profesionales deberá realizarse según el modelo incluido
como anexo V a esta resolución.
Finalizada la fase de concurso el Tribunal hará pública la relación de aprobados por
orden de puntuación en el tablón de anuncios de la sede del Tribunal, así como en los
lugares de publicación citados con anterioridad. Dicha relación se publicará mediante
Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo el aspirante propuesto de un
plazo de veinte días hábiles, desde la publicación oficial, para presentar la
documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
II.
Valoración
La puntuación máxima a alcanzar será de 100 puntos.
1. Méritos profesionales. supondrá el 60 % de la puntuación, valorándose los
servicios efectivos prestados hasta la fecha de publicación de la convocatoria:
a) Se asignará a cada mes completo de servicios efectivos prestados en el ámbito
de la Administración General del Estado y sus Organismos Dependientes como personal
laboral en la misma clasificación profesional a la que se pretende acceder, una
puntuación de 0,5 puntos hasta un máximo de 60 puntos.
b) Se asignará a cada mes completo de servicios efectivos al tiempo de servicios
prestados como empleados y empleadas públicos con funciones equivalentes a las de la
categoría profesional objeto de la estabilización, en otros ámbitos, incluidas las
Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión Europea, así como en la
Administración Pública de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados
internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se define en el
Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, una puntuación de 0,25 puntos hasta un
máximo de 30 puntos
2. Méritos académicos y de superación de ejercicios selectivos. Supondrá el 40 %
de la puntuación.
a) Por la superación en los últimos cinco años, a computar desde la publicación de
la convocatoria, de uno o más ejercicios integrantes de los procesos selectivos para el
acceso al mismo nivel de clasificación profesional, se otorgarán 2 puntos.
En el caso de que dichas convocatorias no se hayan celebrado en los últimos cinco
años, la puntuación de este apartado se sumará a partes iguales a la prevista en los
siguientes apartados b).
b) Por la realización de cursos de formación y perfeccionamiento en los diez años
anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria se otorgará un máximo de 13
puntos, esta puntuación se otorgará de la siguiente forma:
a. 5 puntos por cada curso recibido en materias relacionadas con primeros auxilios
y emergencias sanitarias, de una duración igual o superior a 15 horas.
b. 2,5 puntos por cada curso recibido en otras materias relacionadas con las
funciones del puesto, de una duración igual o superior a quince horas.
c. 5 puntos por cada curso impartido en materias relacionadas con primeros
auxilios y emergencias sanitarias, con un mínimo de dos horas de impartición.
cve: BOE-A-2022-23086
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312