II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Personal laboral. (BOE-A-2022-23091)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Subdirección de Gerencia, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, como personal laboral fijo, en plazas del grupo profesional E1, Vigilancia y Atención en Salas de Museos, sujeto al IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 189410
5.5 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velará
por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre
ambos sexos.
5.6 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estimen pertinentes.
5.7 Debido a la situación sanitaria derivada de la COVID-19 y con el fin de conciliar
el derecho a la protección de la salud con los principios de igualdad, mérito y capacidad,
que rigen el acceso a la función pública, así como el de agilidad a la hora de ordenar el
desarrollo de los procesos selectivos, se habilita al tribunal calificador del proceso
selectivo para la adopción de cuantas instrucciones o resoluciones sean precisas en el
desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, incluidos la forma, el procedimiento y
el orden de actuación de las personas aspirantes, en aras a garantizar el cumplimiento
de los principios de libre concurrencia, igualdad y no discriminación, así como el normal
desarrollo del proceso selectivo.
5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, en la calle Santa Isabel, núm. 52,
teléfono 917741000.
5.9 Se expondrán en la página web https://www.museoreinasofia.es/museo/empleobecas-concursos, un breve curriculum vitae de los miembros del órgano de selección.
6.
Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El órgano de selección publicará en en la página web https://
www.museoreinasofia.es/museo/empleo-becas-concursos un cronograma orientativo
sobre el desarrollo del proceso selectivo.
6.2 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente, por
aquellas personas cuyo primer apellido comience por la letra «U». En el supuesto de que no
exista ninguna persona cuyo primer apellido comience por la letra «U», el orden de
actuación se iniciará por aquellas personas cuyo primer apellido comience por la letra «V», y
así sucesivamente, según lo establecido Resolución de 9 de mayo de 2022, de la
Secretaría de Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» del 13 de mayo
de 2022).
6.3 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único, siendo
excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.
6.4 Concluido el ejercicio de la oposición, el Tribunal hará pública, en los medios
citados en la base 1.1, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo
establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida y, en su caso,
programa del anexo II.
6.5 Las personas aspirantes que hubieran superado la fase de oposición
dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar la documentación
acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la fase de concurso. Todo
ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el anexo I.
6.6 El Tribunal publicará, en los medios citados en la base 1.1, la relación que
contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de
la puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Las personas
aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la
publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho
plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, si tuviera
conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de los
requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia a la persona interesada, deberá
proponer su exclusión a la autoridad convocante.
cve: BOE-A-2022-23091
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 189410
5.5 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velará
por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre
ambos sexos.
5.6 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estimen pertinentes.
5.7 Debido a la situación sanitaria derivada de la COVID-19 y con el fin de conciliar
el derecho a la protección de la salud con los principios de igualdad, mérito y capacidad,
que rigen el acceso a la función pública, así como el de agilidad a la hora de ordenar el
desarrollo de los procesos selectivos, se habilita al tribunal calificador del proceso
selectivo para la adopción de cuantas instrucciones o resoluciones sean precisas en el
desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, incluidos la forma, el procedimiento y
el orden de actuación de las personas aspirantes, en aras a garantizar el cumplimiento
de los principios de libre concurrencia, igualdad y no discriminación, así como el normal
desarrollo del proceso selectivo.
5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, en la calle Santa Isabel, núm. 52,
teléfono 917741000.
5.9 Se expondrán en la página web https://www.museoreinasofia.es/museo/empleobecas-concursos, un breve curriculum vitae de los miembros del órgano de selección.
6.
Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El órgano de selección publicará en en la página web https://
www.museoreinasofia.es/museo/empleo-becas-concursos un cronograma orientativo
sobre el desarrollo del proceso selectivo.
6.2 El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente, por
aquellas personas cuyo primer apellido comience por la letra «U». En el supuesto de que no
exista ninguna persona cuyo primer apellido comience por la letra «U», el orden de
actuación se iniciará por aquellas personas cuyo primer apellido comience por la letra «V», y
así sucesivamente, según lo establecido Resolución de 9 de mayo de 2022, de la
Secretaría de Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» del 13 de mayo
de 2022).
6.3 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único, siendo
excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.
6.4 Concluido el ejercicio de la oposición, el Tribunal hará pública, en los medios
citados en la base 1.1, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo
establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida y, en su caso,
programa del anexo II.
6.5 Las personas aspirantes que hubieran superado la fase de oposición
dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar la documentación
acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la fase de concurso. Todo
ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el anexo I.
6.6 El Tribunal publicará, en los medios citados en la base 1.1, la relación que
contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de
la puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Las personas
aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la
publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho
plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, si tuviera
conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de los
requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia a la persona interesada, deberá
proponer su exclusión a la autoridad convocante.
cve: BOE-A-2022-23091
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312