II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Personal laboral. (BOE-A-2022-23072)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Delegación Especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se aprueba la convocatoria y bases de proceso selectivo para la provisión de plazas de personal laboral fijo.
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 189127
6.11 Todos los miembros del Tribunal de Selección (titulares y suplentes) que se
recoge en el anexo III son titulados superiores (nivel 3 del Marco Español de
Cualificaciones para la Educación Superior-MECES).
7.
Desarrollo del proceso selectivo
7.1 El proceso selectivo se desarrollará conforme a lo señalado en el anexo I.
7.2 La calificación final del proceso selectivo será el resultado de sumar las
puntuaciones obtenidas por los candidatos en los distintos ejercicios y pruebas que
componen el proceso selectivo.
7.3 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra «U», según lo establecido en la Resolución
de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE núm. 114,
de 13 de mayo de 2022), por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la
letra «U», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience
por la letra «V», y así sucesivamente.
7.4 Los aspirantes serán convocados para la realización de los distintos ejercicios
en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.
7.5 Concluidos cada uno de los ejercicios, el Tribunal hará pública, en la web del
Consorcio y en la página web del Punto de Acceso General https://
administracion.gob.es, la relación de aspirantes con indicación de la calificación obtenida
en dicha prueba.
7.6 Una vez publicados los resultados de los distintos ejercicios, los aspirantes dispondrán
de un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones a la puntuación obtenida.
7.7 Finalizado el plazo de alegaciones, el Tribunal publicará, en los mismos lugares
indicados en el apartado 7.5, la relación de aspirantes con indicación de la puntuación
definitiva obtenida en el ejercicio o prueba en concreto y de si lo han superado o no en
función de dicha calificación.
8.
Superación del proceso selectivo
8.1 El Tribunal publicará, por orden decreciente de puntuación, la relación de
personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo en los lugares indicados
en la base 7.5. Con dicha publicación se considerará efectuada la notificación.
8.2 La persona que ostente la presidencia del Tribunal elevará al Comité Ejecutivo la
relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, por orden decreciente de
puntuación, con la propuesta de contratación de los dos candidatos con mayor puntuación.
8.3 En caso de empate, el desempate se resolverá a favor del aspirante con mayor
puntuación en el segundo ejercicio.
Si el empate persiste, se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el
primer ejercicio.
8.4 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de plazas convocadas.
9.
Embarazo de riesgo o parto
9.1 Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, alguna de las
aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su
situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que
hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el
derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables,
lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las
mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan superado el
proceso selectivo.
cve: BOE-A-2022-23072
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 189127
6.11 Todos los miembros del Tribunal de Selección (titulares y suplentes) que se
recoge en el anexo III son titulados superiores (nivel 3 del Marco Español de
Cualificaciones para la Educación Superior-MECES).
7.
Desarrollo del proceso selectivo
7.1 El proceso selectivo se desarrollará conforme a lo señalado en el anexo I.
7.2 La calificación final del proceso selectivo será el resultado de sumar las
puntuaciones obtenidas por los candidatos en los distintos ejercicios y pruebas que
componen el proceso selectivo.
7.3 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra «U», según lo establecido en la Resolución
de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE núm. 114,
de 13 de mayo de 2022), por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la
letra «U», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience
por la letra «V», y así sucesivamente.
7.4 Los aspirantes serán convocados para la realización de los distintos ejercicios
en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.
7.5 Concluidos cada uno de los ejercicios, el Tribunal hará pública, en la web del
Consorcio y en la página web del Punto de Acceso General https://
administracion.gob.es, la relación de aspirantes con indicación de la calificación obtenida
en dicha prueba.
7.6 Una vez publicados los resultados de los distintos ejercicios, los aspirantes dispondrán
de un plazo de diez días hábiles para formular alegaciones a la puntuación obtenida.
7.7 Finalizado el plazo de alegaciones, el Tribunal publicará, en los mismos lugares
indicados en el apartado 7.5, la relación de aspirantes con indicación de la puntuación
definitiva obtenida en el ejercicio o prueba en concreto y de si lo han superado o no en
función de dicha calificación.
8.
Superación del proceso selectivo
8.1 El Tribunal publicará, por orden decreciente de puntuación, la relación de
personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo en los lugares indicados
en la base 7.5. Con dicha publicación se considerará efectuada la notificación.
8.2 La persona que ostente la presidencia del Tribunal elevará al Comité Ejecutivo la
relación de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, por orden decreciente de
puntuación, con la propuesta de contratación de los dos candidatos con mayor puntuación.
8.3 En caso de empate, el desempate se resolverá a favor del aspirante con mayor
puntuación en el segundo ejercicio.
Si el empate persiste, se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el
primer ejercicio.
8.4 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de plazas convocadas.
9.
Embarazo de riesgo o parto
9.1 Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, alguna de las
aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su
situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que
hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el
derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables,
lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las
mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que hayan superado el
proceso selectivo.
cve: BOE-A-2022-23072
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 312