II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Personal laboral. (BOE-A-2022-23076)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal como personal laboral fijo como Asesor Lingüístico, personal laboral fijo fuera de convenio, en el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 189179

Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la
fase de concurso.
6.2 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, si tuviera
conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple cualquiera de los
requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia a la persona interesada, deberá
proponer su exclusión a la autoridad convocante.
7.

Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizado el proceso selectivo, la Presidencia del Tribunal elevará a la
autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la
calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo por orden de puntuación.
7.2 Dicha relación se publicará en los medios citados en la base 1.1, disponiendo
las primeras personas aspirantes de dicha relación, hasta como máximo el número de
plazas convocadas, de un plazo de veinte días hábiles para la presentación de la
documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de puestos de
trabajo convocados.
7.4 La adjudicación de los puestos a las personas aspirantes que superen el
proceso selectivo se efectuará según la petición de destino de acuerdo con la puntuación
total obtenida. Las características de los puestos que se ofertan vienen detalladas en el
anexo VI de la presente convocatoria.
7.5 El personal de nuevo ingreso tendrá que superar un período de prueba de tres
meses. Durante este período, la unidad de personal correspondiente evaluará el correcto
desempeño del puesto de trabajo y, en su caso, poner fin a la relación laboral sin que
ninguna de las partes tenga derecho a indemnización alguna.
7.6 En el caso de que alguna de las personas aspirantes no presente la
documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos
exigidos, renuncie, o la certificación emitida por la unidad de personal respecto al
correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo de prueba sea
desfavorable, el puesto se adjudicará a la siguiente persona aspirante de la relación a la
que se refiere la base 7.1 que no hubiese obtenido plaza y según el número de orden
obtenido.
8.

Relación de candidatos

Con la finalidad de aprovechar las actuaciones realizadas en el proceso selectivo por
el Tribunal, podrán elaborarse relaciones de candidatos para la contratación de personal
laboral temporal.
En estas relaciones se incluirán a las personas aspirantes que hayan participado en
el proceso selectivo y hayan obtenido la puntuación mínima exigida para la superación
del proceso y no hayan obtenido plaza.
Para poder formar parte de las relaciones los candidatos deberán poseer todos los
requisitos que se exijan en la correspondiente convocatoria.
Los tribunales ordenarán cada relación en función de la puntuación obtenida por los
candidatos en las pruebas y en los ejercicios que haya establecido con este fin, haciendo
públicas las listas.
Las relaciones tendrán una validez de veinticuatro meses desde su publicación, salvo
nueva convocatoria al efecto.
Para poder iniciar el procedimiento de gestión de las relaciones de candidatos será
necesaria autorización de la Dirección General de la Función Pública.
Este procedimiento de gestión se hará público en la página web del Ministerio de
Educación y Formación Profesional www.educacionyfp.gob.es

cve: BOE-A-2022-23076
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Núm. 312