I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Explotaciones agrícolas y ganaderas. (BOE-A-2022-23054)
Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312

Jueves 29 de diciembre de 2022

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y
regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y
de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones
agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.

Las administraciones públicas agrarias disponen de una gran cantidad de información,
proporcionada por los propios agricultores y ganaderos, y por las empresas suministradoras
de bienes y equipos al sector agrario, de conformidad con la normativa nacional y de la
Unión Europea, en especial en el ámbito de la ordenación agraria y registros sectoriales de
explotaciones, la sanidad vegetal y animal, de la higiene de la producción primaria de
alimentos, así como de subproductos y residuos agrarios, o en el propio ámbito de las
producciones, así como durante la tramitación de subvenciones a estos beneficiarios, con
especial mención a las ayudas de la Política Agrícola Común (PAC).
Asimismo, los productores agrarios están obligados a gestionar una serie de
registros de datos (tratamientos medicamentosos, cuaderno digital de explotación, etc.).
Esta información, que se encuentra en estos momentos dispersa, afectando a cada
ámbito propio, debe ser unificada, de manera sistemática, en un solo sistema
informático, lo que, además de las indudables sinergias en materia de gestión de la
misma, proporcionará a la Administración los datos precisos para el ejercicio de sus
funciones en materia agraria y, eventualmente, en materia ambiental. Al mismo tiempo,
se simplificará la labor de los productores agrarios, a cuya disposición se pondrán, de
manera gratuita, las herramientas y procesos digitales precisos, evitando duplicidades en
el envío de información a la Administración.
Adicionalmente, la información que se generará va a permitir un indudable avance en
el diseño, ejecución y gestión de las políticas agrarias (y, en su caso, ambientales), en
especial de las de fomento, con una repercusión directa en la PAC, en cuyo ámbito se
pretende simplificar la presentación por parte de los agricultores de la solicitud única
anual en la que se incluyen las distintas líneas de ayuda de la PAC, dado que la
Administración dispondrá de todos los elementos de juicio precisos para preparar un
borrador con todos los datos necesarios para la gestión de los expedientes. Debe
destacarse la habilitación a los Estados miembros para establecer un sistema de
solicitud automática de las ayudas de la PAC basadas en la superficie y/o en los
animales que prevé el artículo 69, apartados 4 y 5, del Reglamento (UE) 2021/2116 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021.
De manera más amplia, la información unificada posibilitará el cumplimiento del Plan
Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PAC) del Reino de
España 2023-2027 y facilitará el de otras obligaciones de información en el ámbito
ambiental como el cambio climático y la contaminación atmosférica, entre otras,
incluyendo el seguimiento de indicadores y medidas legislativas y de fomento incluidas
en el mismo, así como el seguimiento de los compromisos del Pacto Verde Europeo.
Dicha información debe permitir igualmente un mejor diseño de las actuaciones
sectoriales, en especial para conseguir una producción económicamente rentable, pero,
al tiempo, respetuosa con el medio ambiente, que contribuya a la lucha contra el cambio
climático y la conservación de la biodiversidad.
A su vez, toda la información recopilada permitirá obtener los datos necesarios para
el desarrollo, la elaboración y la difusión de las diferentes operaciones estadísticas
contenidas en el Plan Estadístico Nacional y en el Programa Estadístico Europeo,

cve: BOE-A-2022-23054
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