I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Suelos agrarios. (BOE-A-2022-23052)
Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 188913
6. El aporte de nutrientes conjuntamente con el agua de riego se deberá ajustar de
modo que la concentración de nutrientes sea lo más baja posible, adaptándose a su vez
a las necesidades hídricas del cultivo. Así mismo, los nutrientes deberán aplicarse en los
momentos de máximo requerimiento de cada nutriente, de modo que se maximice el
aprovechamiento por parte del cultivo y la efectividad del abonado y se reduzca, así, la
acumulación en el suelo de nutrientes en forma de sales.
ANEXO X
Registro general de fabricantes y otros agentes económicos de productos
fertilizantes (REGFER)
Parte A.
Información mínima que deberá notificar el fabricante de productos fertilizantes
Los datos que figurarán en el Registro general de fabricantes y otros agentes
económicos de productos fertilizantes serán:
– Nombre y apellidos, o denominación social.
– NIF/CIF.
– Dirección postal.
– Datos de contacto. Dirección de correo electrónico y al menos una de las
siguientes vías de comunicación: Teléfono o fax.
– Categoría: dependiendo de cómo ejerza:
•
•
•
•
•
•
Productor.
Importador.
Distribuidor.
Empresa de servicios de fertilización.
Asesor en fertilización.
Otras.
– Tipo de producto fertilizante del que es responsable de poner en el mercado, de
acuerdo con el Reglamento (UE) n.º 2019/1009, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 5 de junio o con el Real Decreto 506/2013, de 28 de junio.
– Instalaciones (propias o subcontratadas), incluyendo la dirección postal de cada
una.
Parte B. Estructura del Registro general de fabricantes y otros agentes económicos
de productos fertilizantes REGFER
Para garantizar su identificación única, el número de registro tendrá 10 caracteres:
Parte C. Información a remitir anualmente de acuerdo con el artículo 18.8
La información a remitir, de acuerdo con el artículo 18.8 contendrá, al menos, los
siguientes datos:
a)
1.º
2.º
3.º
Ventas de fertilizantes nitrogenados simples (en t de producto y t de N):
Sulfato amónico.
Nitrosulfato amónico.
Nitrato amónico cálcico.
cve: BOE-A-2022-23052
Verificable en https://www.boe.es
a) Dos dígitos que identificarán la comunidad autónoma o las ciudades de Ceuta y
Melilla, donde se inscribe.
b) Dos dígitos que identificarán la provincia donde el fabricante tenga su sede
social.
c) Seis dígitos correlativos para la numeración identificativa.
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 188913
6. El aporte de nutrientes conjuntamente con el agua de riego se deberá ajustar de
modo que la concentración de nutrientes sea lo más baja posible, adaptándose a su vez
a las necesidades hídricas del cultivo. Así mismo, los nutrientes deberán aplicarse en los
momentos de máximo requerimiento de cada nutriente, de modo que se maximice el
aprovechamiento por parte del cultivo y la efectividad del abonado y se reduzca, así, la
acumulación en el suelo de nutrientes en forma de sales.
ANEXO X
Registro general de fabricantes y otros agentes económicos de productos
fertilizantes (REGFER)
Parte A.
Información mínima que deberá notificar el fabricante de productos fertilizantes
Los datos que figurarán en el Registro general de fabricantes y otros agentes
económicos de productos fertilizantes serán:
– Nombre y apellidos, o denominación social.
– NIF/CIF.
– Dirección postal.
– Datos de contacto. Dirección de correo electrónico y al menos una de las
siguientes vías de comunicación: Teléfono o fax.
– Categoría: dependiendo de cómo ejerza:
•
•
•
•
•
•
Productor.
Importador.
Distribuidor.
Empresa de servicios de fertilización.
Asesor en fertilización.
Otras.
– Tipo de producto fertilizante del que es responsable de poner en el mercado, de
acuerdo con el Reglamento (UE) n.º 2019/1009, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 5 de junio o con el Real Decreto 506/2013, de 28 de junio.
– Instalaciones (propias o subcontratadas), incluyendo la dirección postal de cada
una.
Parte B. Estructura del Registro general de fabricantes y otros agentes económicos
de productos fertilizantes REGFER
Para garantizar su identificación única, el número de registro tendrá 10 caracteres:
Parte C. Información a remitir anualmente de acuerdo con el artículo 18.8
La información a remitir, de acuerdo con el artículo 18.8 contendrá, al menos, los
siguientes datos:
a)
1.º
2.º
3.º
Ventas de fertilizantes nitrogenados simples (en t de producto y t de N):
Sulfato amónico.
Nitrosulfato amónico.
Nitrato amónico cálcico.
cve: BOE-A-2022-23052
Verificable en https://www.boe.es
a) Dos dígitos que identificarán la comunidad autónoma o las ciudades de Ceuta y
Melilla, donde se inscribe.
b) Dos dígitos que identificarán la provincia donde el fabricante tenga su sede
social.
c) Seis dígitos correlativos para la numeración identificativa.