I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Productos fitosanitarios. (BOE-A-2022-23051)
Real Decreto 1050/2022, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, que establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 188872
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 2023, si bien su
eficacia queda vinculada a la del CUE que prevé el Real Decreto 1054/2022, de 27 de
diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones
agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de
explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.
Dado en Madrid, el 27 de diciembre de 2022.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes
y Memoria Democrática,
cve: BOE-A-2022-23051
Verificable en https://www.boe.es
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 312
Jueves 29 de diciembre de 2022
Sec. I. Pág. 188872
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 2023, si bien su
eficacia queda vinculada a la del CUE que prevé el Real Decreto 1054/2022, de 27 de
diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones
agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de
explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.
Dado en Madrid, el 27 de diciembre de 2022.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes
y Memoria Democrática,
cve: BOE-A-2022-23051
Verificable en https://www.boe.es
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X